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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#20416

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Me da que va por aquí el problema del expediente:

El Artículo 170 de la Ley General de la Seguridad Social:

  1. Competencias hasta los 365 días de incapacidad temporal:
    • Durante los primeros 365 días de un proceso de incapacidad temporal, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tiene competencias, a través de su inspección médica, equivalentes a la Inspección de Servicios Sanitarios de la Seguridad Social.
    • El INSS emite altas médicas y considera recaídas en el mismo proceso.
    • Después de un alta médica emitida por el INSS, este será el único competente para emitir nuevas bajas médicas en los siguientes 180 días por la misma o similar patología.
  2. Competencias después de los 365 días de incapacidad temporal:
    • Pasados los 365 días, la inspección médica del INSS es la única competente para emitir altas médicas por curación, mejoría, con propuesta de incapacidad permanente, o por incomparecencia injustificada a reconocimientos médicos.
    • La falta de alta médica después de este periodo se interpreta como una prórroga de la incapacidad temporal según el artículo 169.1.a).
    • La colaboración en el pago de la prestación se mantiene hasta la notificación del alta médica por curación, mejoría, incomparecencia injustificada, o hasta el último día del mes en que se expidió el alta médica con propuesta de incapacidad permanente, o hasta que se cumpla el periodo máximo de 545 días.

Es más largo y hay varios artículos más... pero me da que no te evalúan ahora porque ni te van a dar el alta, ni te van a conceder la IP hasta que se agoten los tiempos de IT (y agoten el/los tratamiento(s) posible(s)). Es mi humilde opinión. Un saludo!
#20417

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola familia, que tal? Bueno dar mi enhorabuena a los que por fin se les está calmando un poco la situación y mi fuerza para los que siguen la lucha... 
Quería comentaros lo siguiente... después de muuucho tiempo, casi 2 años, y una impugnación de alta ganada en juicio, tengo que volver a la mutua a que lleve mi proceso por accidente laboral. Estoy con el trámite abierto de oficio de IP. A parte del miedo que me crea el volver con ellos despues de todo... tengo la duda de si hablar de todas mis patologias en general (las que tenia antes accidente o las que han surgido posteriormente a el) o hablar solo de las del mismo accidente a la mutua. 
Yo tengo entendido que siempre se valora el conjunto del cuadro clinico de la persona, pero en el caso de la IP de accidente??? 
Y cuándo vaya al tribunal? Hablo del conjunto o de solo lo de accidente? 
También está el tema de que al haberlo tenido que batallar en juicio, si ahora comento mis otras patologias que no digan que por eso la baja tan larga y de más... pero claro llegados a este punto a casi el momento de la valoración de IP pues no sé que debo hacer. 
A ver si me podéis encaminar porfavor, todas las opiniones me serán de mucha ayuda y los que tengais bajas o incapacidades por accidente decirme también porfa que hicisteis... muchas muchas gracias. Un abrazo!!! 
#20418

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenas tardes.

La concesión de una incapacidad laboral puede incluir la indicación de que la misma es "revisable". Esto significa que la Seguridad Social puede llevar a cabo revisiones periódicas para evaluar si ha habido cambios en la situación médica del beneficiario y determinar si la incapacidad debe ser modificada, suspendida o extinguida.

No obstante, el hecho de que una incapacidad sea revisable no implica necesariamente que se lleve a cabo una revisión de forma automática y regular. La revisión dependerá de varios factores, como la naturaleza y gravedad de la enfermedad o lesión, las circunstancias médicas del beneficiario, y la normativa aplicable en el momento.

En cuanto a la afirmación de que todas las incapacidades son revisables hasta la jubilación, esto no es correcto de manera generalizada. No todas las incapacidades llevan implícita la revisión automática hasta la jubilación. La revisión dependerá de las circunstancias y de las normativas aplicables en cada caso específico.

Para obtener información precisa sobre la revisión de incapacidades en tu situación particular, te recomendaría consultar con un profesional legal especializado en seguridad social o con la Seguridad Social directamente. Ellos podrán proporcionarte orientación específica según tu caso concreto y la normativa vigente.

Un saludo!
#20419

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

@moon65 La pasó hace algún tiempo, pero no la encuentro... seguiré buscando
#20420

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

135 días hábiles (laborables), que son 6 meses aproximadamente... y si no resuelven, silencio administrativo y denegada. Pero no te fíes mucho de esos plazos, van con exceso de retraso y mucho, según me indicaron desde el INSS. Un saludo!
#20421

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

No te preocupes Santi. Para nada me ha sentado mal, es más, no veo nada fuera de contexto en tu respuesta... además, coincido muchísimo contigo en el control, siempre necesito tener el control... eso es uno de mis problemas (de muchos otros). 

Ánimo Santi, un abrazo!
#20422

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Muchisimas gracias Emilio eres un encanto 
#20423

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Joo que bien te has explicado. Muchísimas gracias.  Bueno primero a ver cual me dan y haber que  me pone. Voy por el el punto 6 concluido y me aparecen los 8. Creo que pinta bien , ya veremos.  Mil gracias de nuevo 
#20424

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola, entiendo que estás pasando por un proceso complicado y entiendo tus preocupaciones. Según mi opinión personal, te recomiendo que consultes con una profesional legal especializado en derecho laboral o de la seguridad social en tu área para obtener asesoramiento específico.

En muchos casos, al solicitar una incapacidad permanente (IP) por accidente laboral, se evalúa el conjunto del cuadro clínico de la persona. Esto puede incluir tanto las patologías preexistentes como las que surgieron a raíz del accidente. La evaluación se realiza para determinar la capacidad residual de trabajo y el grado de discapacidad.

Cuando vayas al tribunal, es probable que debas proporcionar información detallada sobre todas tus patologías, ya que esto ayudará a realizar una evaluación más completa de tu situación. Sin embargo, es esencial que tengas evidencia médica sólida y documentación que respalde cómo cada condición afecta tu capacidad para trabajar.

En cuanto a la preocupación sobre si comentar tus otras patologías afectará tu caso, es importante ser honesta y transparente. Ocultar información podría tener consecuencias negativas en el proceso. Si tienes documentación médica que respalda cómo cada condición contribuye a tu incapacidad, deberías presentarla.

Si estás preocupada por cómo abordar este tema, sería beneficioso discutirlo con un/a abogad@ especializad@ en derecho laboral o de la seguridad social. Pueden asesorarte sobre la mejor manera de presentar tu caso y cómo abordar las diferentes patologías durante el proceso de evaluación de la incapacidad permanente.

Recuerda que cada caso es único, y obtener asesoramiento profesional específico para tu situación puede marcar la diferencia en el resultado de tu caso. Espero que encuentres el apoyo y la orientación necesarios, un saludo!
#20425

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Yo ayer hice una primera búsqueda en la red, pero sólo encontré tablas con las clásicas escalas genéricas. Nada que se circunscribiera a enfermedades y trastornos mentales.
Mañana volveré a la carga porque también me interesa. A ver si entre todos somos capaces (perdón por el chiste fácil).

Santi 
#20427

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Mil gracias Moon!!!!estuve echando un vistazo y creia que incluía una tabla con tipos de enfermedades y el grado de discapacidad que le corresponde…
#20428

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hay otro más antiguo que viene por patología y puntuaciones por cada una de ellas pero ese está obsoleto. Ahora se inclina más por como afecta a tu autonomía. Ahora te envío otra info. 
#20430

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Encontre uno buscando en Google que es de la junta de Andalucía