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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#32776

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenas tardes! Es comprensible que estés preocupado por la falta de información sobre tu situación. Aquí te dejo algunos puntos importantes para aclarar lo que está pasando y qué puedes esperar:

1. Finalización de los 545 días de IT
Cuando llegas a los 545 días (18 meses) de incapacidad temporal (IT), el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) realiza una evaluación para determinar si te conceden una incapacidad permanente (IP), te dan el alta médica o, en algunos casos, te otorgan una prórroga excepcional de seis meses más.

2. Evaluación del INSS
Has mencionado que pasaste una inspección en el INSS hace 13 días. Este es el paso en el que te evalúan para decidir sobre tu situación. Si aún no te han comunicado nada, es posible que el INSS esté procesando la evaluación y la decisión correspondiente.

3. Baja y Finiquito en la Empresa
Es normal que la empresa te dé de baja y te liquide cuando se agotan los 545 días de IT. Esto se debe a que, a partir de este punto, la situación laboral cambia en función de la decisión del INSS.

4. Falta de Expediente de IP
El hecho de que no tengas un expediente abierto de IP no es necesariamente un problema. El INSS puede tardar un poco en procesar la información y notificarte. La decisión sobre tu incapacidad permanente suele tomarse después de la inspección y, a veces, puede tardar unos días o semanas.

5. Pasos a Seguir
Mientras esperas la resolución del INSS, te recomiendo:

  • Contactar al INSS: Puedes ponerte en contacto con el INSS para verificar el estado de tu expediente. A veces, una llamada puede proporcionar información útil.
  • Revisar tu Correspondencia: Asegúrate de revisar tanto el correo postal como cualquier notificación en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
  • Consultar a un Abogado: Si la espera se alarga o necesitas asesoramiento específico, considera consultar a un abogado especializado en seguridad social y derecho laboral.

Conclusión
Lo que estás experimentando es una situación que puede ser normal dentro del proceso burocrático del INSS. Sin embargo, no dudes en tomar acción proactiva para obtener la información que necesitas y asegurarte de que tu caso está siendo gestionado correctamente. 

Mucha suerte y ánimo! 

Saludos.
#32777

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias Emilio.
#32778

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenas tardes Hades! Entiendo que estás en una situación complicada y necesitas saber cuándo empezarás a cobrar la pensión una vez hayas pagado los meses de autónomo que debes. Aquí te dejo la información que puede ayudarte:

1. Pago de la Deuda de Autónomos
Primero, es crucial que pagues los dos meses de autónomo que debes. La Seguridad Social no activará el pago de la pensión hasta que no regularices tu situación con ellos.

2. Fecha de Inicio del Pago
Una vez hayas pagado la deuda, la Seguridad Social activará tu pensión. La fecha desde la que empezarás a cobrar depende de varios factores:

  • Reconocimiento Retroactivo: Generalmente, el pago de la pensión se efectúa desde la fecha en la que se te reconoció la incapacidad permanente. Sin embargo, esto puede variar dependiendo de la normativa específica y del tiempo que ha pasado desde que se te reconoció la incapacidad hasta que has regularizado tu situación de deuda.
  • Normativa y Procedimientos Específicos: La Seguridad Social puede tener procedimientos específicos que determinen desde cuándo se te abonarán los pagos. Normalmente, si la incapacidad se reconoció en 2021, y regularizas tu situación en 2024, deberían abonarte desde la fecha de reconocimiento. Sin embargo, podrían aplicarse algunos ajustes o excepciones según el caso particular.

3. Pasos a Seguir
  • Pagar la Deuda: Asegúrate de pagar los dos meses de autónomo que debes lo antes posible.
  • Contactar con la Seguridad Social: Una vez realizado el pago, contacta con la Seguridad Social para informarles y asegurarte de que activan el pago de tu pensión. Puedes hacerlo a través de su página web, por teléfono o en una de sus oficinas.
  • Solicitar Información Específica: Pregunta específicamente desde cuándo te contarán los pagos una vez hayas regularizado tu situación. Ellos te podrán proporcionar la información más precisa y actualizada.

4. Considerar Asesoría Legal
Si encuentras que el proceso es complicado o necesitas una interpretación más detallada de tu situación, considera consultar con un abogado especializado en derecho laboral o un gestor que pueda ayudarte a navegar este proceso.

Saludos!
#32779

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Mapa86! Entiendo tu preocupación, y voy a intentar aclararte un poco la situación.

Situación Actual y Procedimiento
  1. Tiempo de Espera Normal: Es habitual que el proceso después de pasar por el tribunal médico (ICAM en tu caso) tome unas semanas. El hecho de que hayan pasado dos semanas sin noticias no es inusual.
  2. Estado del Expediente en la Web: Que no aparezca ningún expediente abierto en la web de la Seguridad Social puede ser debido a varios factores:

    • Actualización del Sistema: A veces los sistemas tardan en actualizarse y reflejar los nuevos procedimientos.
    • Administración del Expediente: Puede que tu expediente aún esté en proceso de revisión interna antes de ser formalmente abierto en el sistema.

Qué Hacer
  1. Consultar Directamente: Te recomiendo que contactes directamente con el INSS para verificar el estado de tu expediente. Puedes hacerlo a través de su web, por teléfono o acudiendo a una oficina.
  2. Paciencia y Seguimiento: Mientras tanto, sigue accediendo a la web para ver si hay actualizaciones. Normalmente, estos procesos llevan su tiempo y puede haber un pequeño retraso administrativo.

Opinión sobre el Proceder del Médico
El proceder del médico parece ajustarse a los protocolos habituales. Si hay posibilidades de mejora según los informes, es común que te propongan una Incapacidad Permanente Total (IPT) revisable. Esto significa que reconocen que en tu estado actual no puedes trabajar, pero consideran que hay margen para una posible mejora futura. (No te fíes de los inspectores, a veces dicen una cosa y termina en otra).

Recomendaciones
  • Documentación: Mantén toda tu documentación médica y administrativa en orden y disponible por si necesitas presentarla de nuevo.
  • Contacto Regular: Si pasa más tiempo sin noticias, sigue en contacto con el INSS para obtener actualizaciones sobre tu situación.

Conclusión
Tu situación no es inusual y parece estar dentro de los tiempos administrativos habituales. El siguiente paso es confirmar con el INSS el estado de tu expediente para tener una visión más clara. Ten paciencia y sigue el proceso, aunque puede ser frustrante.

Ánimo y mucha suerte!
#32780

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

No

#32781

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

 Buenas tardes Marineta! Sí, puedes rechazar una Incapacidad Permanente (IP) si no te interesa. Aquí te explico cómo hacerlo y los tiempos que manejan:

Rechazo de la Incapacidad Permanente
  1. Comunicación del INSS: Cuando el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) te concede una incapacidad permanente, recibirás una notificación oficial en la que se te informará de la resolución y del grado de incapacidad otorgado.
  2. Plazo para Rechazar: Tienes un plazo de 30 días hábiles a partir de la notificación para presentar un escrito en el que renuncies a la incapacidad permanente concedida. Este escrito debe ir dirigido al INSS.
  3. Presentación del Escrito:

    • En persona: Puedes presentar el escrito en cualquier oficina del INSS.
    • Online: También puedes hacerlo a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, si dispones de un certificado digital.

Consecuencias del Rechazo
  • Pérdida de Derechos: Al rechazar la IP, renuncias a la pensión correspondiente y cualquier otro derecho asociado a la incapacidad.
  • Vuelta al Trabajo: Se supone que estás en condiciones de trabajar, por lo que deberías reincorporarte a tu puesto de trabajo o buscar otro empleo si no puedes regresar al anterior.

Consideraciones Importantes
  • Asesoramiento Legal: Es muy recomendable que hables con un abogado especializado en derecho laboral o con un representante sindical antes de tomar una decisión. Ellos pueden ayudarte a evaluar las implicaciones de rechazar la IP y si realmente es la mejor opción para ti.
  • Revisión de la Decisión: Si no estás de acuerdo con el grado de incapacidad concedido, en lugar de rechazarlo, podrías plantearte solicitar una revisión de la decisión. Este proceso también tiene plazos específicos y puede implicar una evaluación médica adicional.

Procedimiento y Plazos
  1. Recibe la Notificación: Te llega la resolución del INSS con la concesión de la IP.
  2. 30 Días Hábiles: Desde la recepción de la notificación, tienes 30 días hábiles para presentar el escrito de renuncia.
  3. Espera de Respuesta: Una vez presentada la renuncia, el INSS debería confirmarla y dejar sin efecto la resolución de la IP.

Ánimo y suerte con todo! 
#32782

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Raquelle! Lamento mucho que estés pasando por esta situación. Vamos a intentar aclarar un poco el tema de la incapacidad permanente en tu caso.

Factores a Considerar para la Concesión de la Incapacidad Permanente
  1. Diagnóstico Médico: En tu caso, tienes un diagnóstico de trastorno adaptativo mixto y depresión mayor. Ambos son condiciones serias que pueden justificar una incapacidad permanente si impiden realizar tus actividades laborales de manera efectiva y estable.
  2. Historia Clínica: El hecho de haber tenido intentos autolíticos y de estar bajo tratamiento médico y psicológico serio es un factor importante. El tribunal médico evaluará no solo tu diagnóstico actual, sino también tu historial clínico y los tratamientos recibidos.
  3. Evaluación del Tribunal Médico: El tribunal revisa tus informes médicos, entrevistas y, posiblemente, realiza una evaluación propia. Ellos determinarán si tu condición te incapacita para trabajar en cualquier tipo de trabajo, en tu profesión habitual, o en alguna otra actividad laboral.

Posibilidad de Concesión de la Incapacidad
  • Incapacidad Permanente Total (IPT): Podrías obtener una IPT si se determina que no puedes desempeñar tu trabajo habitual pero sí otros tipos de trabajo.
  • Incapacidad Permanente Absoluta (IPA): Si se concluye que tu capacidad para trabajar en cualquier tipo de actividad laboral está totalmente comprometida, podrías obtener una IPA.

Proceso y Tiempos
  • Evaluación y Decisión: Después de pasar por el tribunal el 15 de mayo, el INSS suele tardar entre unas semanas a unos pocos meses en emitir una resolución. Este plazo puede variar dependiendo de la carga de trabajo del INSS y la complejidad de tu caso.
  • Notificación: Recibirás una notificación con la decisión del INSS. Si te conceden la incapacidad, se especificará el tipo (total, absoluta, etc.) y los detalles de la pensión correspondiente.
  • Recurso: Si no estás de acuerdo con la decisión, puedes presentar un recurso en el plazo de 30 días.

Tu Situación Específica
Dado que ya tienes los dos primeros puntos concluidos y tu situación médica y social es delicada, hay una buena posibilidad de que el tribunal considere tu caso con seriedad. El miedo y la falta de contacto social derivados de tu estado pueden ser factores adicionales que influyan en la decisión.

Recomendaciones
  • Documentación Completa: Asegúrate de que toda tu documentación médica esté completa y actualizada. Incluye informes detallados de tus médicos y psicólogos.
  • Asesoramiento Legal: Considera la posibilidad de consultar con un abogado especializado en incapacidades laborales para que te asesore durante todo el proceso.

Espero que esta información te sea de ayuda y que pronto encuentres la estabilidad y apoyo que necesitas. Mucho ánimo! 💪
#32783

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias Emilio. 
Mi médico de cabecera me ha dicho varias veces que yo puedo decidir, pero luego con abogados , ejemplo este link 

https://www.campmanyabogados.com/incapacidad-permanente/renunciar-pension#:~:text=No%20se%20puede%20renunciar%20a,Es%20algo%20irrenunciable.
Se comenta otro tema, que casi lo pone imposible. 

Me gustaría estar segura de este tema. Estás seguro de esto que dices ? ... Es una de las formas que comenta el link? Quién sepa de este tema os lo agradecería. 
Muchas gracias, 

#32784

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Carla! Recibir un SMS del INSS indicando que tienes un expediente de incapacidad permanente abierto y que debes aportar documentación es un paso importante en tu proceso. Aquí tienes la información que necesitas:

Plazo para Enviar la Documentación
El plazo para enviar la documentación requerida por el INSS suele ser de 10 días hábiles a partir de la recepción de la notificación. Es importante verificar la fecha exacta en la notificación que recibiste para asegurarte de cumplir con este plazo.

Pasos a Seguir
  1. Consulta la Notificación: Accede al Registro de Notificaciones a través del enlace proporcionado en el SMS para obtener detalles específicos sobre la documentación requerida y el plazo exacto para su entrega.

  2. Informe Médico: Ya que tienes cita con tu médico el 3 de junio, si el plazo para enviar la documentación es anterior a esta fecha, podrías solicitar una cita urgente o pedir al médico que te adelante el informe. Puedes pedir cita administrativa, avisan a tu médico de cabecera y te rellena el informe que te haya pedido el INSS en un hueco que tenga y te lo deja en el mostrador del centro de salud para que lo recojas (esto se solicita presencialmente en tu centro de salud). 
  3. Entrega de Documentación: Si no puedes obtener el informe médico a tiempo, es recomendable comunicarte con el INSS para informarles de tu situación y pedir una prórroga, aunque esto no siempre es garantizado.

Recomendaciones
  • Comunicación con el INSS: Si ves que no puedes cumplir con el plazo, intenta contactar al INSS para explicar tu situación. A veces, pueden ser flexibles y conceder una prórroga.
  • Documentación Completa: Asegúrate de incluir todos los documentos solicitados. Si no puedes entregar el informe médico a tiempo, entrega lo que tengas y adjunta una nota explicativa indicando que el informe médico se entregará tan pronto como sea posible.

Consejos
  • Preparación: Reúne todos los informes médicos previos, resultados de pruebas y cualquier otra documentación relevante que ya tengas.
  • Asistencia: Si tienes dudas sobre qué documentos son necesarios o cómo proceder, considera buscar ayuda de un abogado especializado en incapacidades laborales o contactar a una asociación que te pueda orientar.

Buena suerte!
#32785

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias Emilio, me dan muchas esperanzas tus palabras. Me dan un despido no apto por enfermedad sobrevenida, no me pueden reubicar. Espero tener suerte cuando me toque el juicio...... Ahora no se si se podrá añadir al recurso del INNS, hablaré con mi abogada el lunes. Saludos
#32786

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Pues según nuestro compañero SimpaBB, no se puede, caso contado que le ocurrió a su propia persona y hablado con una directora provincial (la que firma las resoluciones)... ya con eso, complicado, a mí me ha convencido. 

Lo que si puedes es hacer lo mismo que con la opción al revés, en vez de reclamar una IP denegada, reclamar una IP concedida, con 30 días de plazo y blablabla... pero tendrías que demostrar qué ha cambiado para poder trabajar o trabajar en ese puesto, cosa que antes no era posible por tus patologías... y si no, pues demandar. Es el mismo camino que si te deniegan una IP... 

Si alguien sabe más del tema, animo a que contribuya. 

PD.: Tengo un conocido que le pasó esto mismo y se metió con abogados y consiguió volver a su puesto de trabajo haciendo nula la IPT que le concedieron. Me comentaron que no fue fácil... Saludos!
#32787

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias por la respuesta. Tanto a ti como a los demás que han opinado. Ya se que el inspector puede decir una cosa y hacer otra o que los superiores se lo tiren atrás. No me preocupa mucho. De momento hasta que no tenga una resolución seguiré cobrando. Así que me centraré en mi salud. Si cuando llegue el momento me proponen el alta pues veremos que hacemos. Seguramente recurriré y cogere la baja por alguna otra contingencia. Porque si uno no está para trabajar no queda otra. Creo que está seria la manera de proceder correcta. Ir acumulando informes y si en un momento dado hay que presentarse a juicio ir lo mejor preparado posible.
#32789

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Muchas gracias por tu respuesta a sido muy aclaratoria muchas gracias de verdad por arrojarme un poco de luz 
#32790

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenos días corazones como va todo por aquí ponerme un poquito al día los que he tenido más roce . Yo he estado muy liada intentando solucionar lo de la discapacidad de mi niña, cuidándome yo perdiendo peso y he tenido a mi madre ingresada así que poco tiempo para poder pasar a saludaros.