Carla, al cobrar menos de IT que de IP tienes que cobrar lo siguiente
Del 20 de agosto al 13 de septiembre la diferencia entre la IP y la IT, porque ya has cobrado una parte con la IT
Del 14 de Septiembre en adelante la IP entera porque no has cobrado nada de IT
Además como tiene carácter retroactivo de agosto en noviembre cobraras la cuatro sextas partes de paga extra porque te entra agosto, septiembre, octubre y noviembre