El cese de actividad de autonomos no genera via de acceso, por lo tanto tienes que buscar en tu vida labora anterior, una via de acceso de cuando eras empleado por cuenta ajena. Si desde que tuviste esa via de acceso, permaneciste o bien trabajando (cuenta propia o ajena) o bien manteniendo tu inscripcion en el desempleo podias invocarla para solicitar el subsidio. Eso si si el dia que cumples 52 años estas dado de alta en autonomos, esa via de acceso anterior se te extingue si desde esa causa has trabajado 60 meses por cuenta propia. Las vias de acceso son las que te cuenta FRangr en el post anterior. Si tuvieras esa via y quisieras pedir el subsidiodeberias darte de baja antes de cumpil los 52, para que no se te aplique la extincion par haber trabajado 60 meses por cuentra propia desde la generacion de la via de acceso. Es bastante injusto, pero es asi. Si por lo que fuera no tuvieras via de acceso, tendrias que generate una trabajando por cuenta ajena 90 dias.