Como le indican, si en el transcurso de tiempo que va desde el reconocimiento del derecho hasta la DAR hay un mes que supera la cantidad bruta de 810 euros, debe comunicarlo al SEPE, bien ese mes que se ha producido la superación (mes siguiente) o esperar y notificarlo en la DAR.
Respecto a su reflexión, creo que cada subsidio tiene su propia reglamentación, pero tenga en cuenta que el SUB MAY es el único que cotiza para la contingencia de jubilación.