Con permiso.
Por lo poco que sé, si su abogado ha solicitado la Ejecución de la Sentencia, es porque esta es FIRME contra la que, a no ser por "circunstancias especiales" no cabe Recurso, de lo contrario, no se hubiese podido solicitar la Ejecución de la misma. Otro asunto. Imagino que el Juicio, del cuál proviene esa Sentencia, habrá sido para el Reconocimiento de la Permanente Absoluta contra el INSS. Una vez solicitada la Ejecución y el INSS reconozca esa Absoluta, es ahora la Tesorería de la Seguridad Social, la que deberá abonar las cantidades. Su abogado debería de haberle explicado los plazos que hay desde que se solicita la Ejecución, hasta que esta es Reconocida por el INSS, sea por las "buenas" o agotando el plazo máximo que la Ley les dé.
Por lo que personalmente he pasado es:
1- Una cosa es el procedimiento contra el INSS por el reconocimiento de una Incapacidad, en la que existen los correspondientes plazos.
2- Una vez finalizado el procedimiento con el INSS, es la Tesorería de la Seguridad Social, la que debe hacer el abono de las cantidades, reconocidas y/o pendientes.
A mí, me costó al principio entender el tema " burocrático" existente entre estas Administraciones, y diferenciar las competencias del INSS, de la TGSS y el Sanitario, porque cada uno, va por su "lado".
Competencia del INSS: Declarar si existe Incapacidad y el Grado de la misma
Competencia de la TGSS: El pago de las Prestaciones
Competencia Sanitaria: Decidir los tratamientos para la mejoría.
- A mi entender, el INSS, "debería" basar sus resoluciones en el Sanitario, qué patología tienes, tratamiento etc, pero en uno de los Tribunales médicos que pasé, me dijeron literalmente:
" Nos da igual lo que digan sus Informes Clínicos, nosotros nos basamos en lo que valoramos"
Y la TGSS, "debería" pagar en base a la Resolución del INSS, pero aquí hay que ir "peleando" con una y otra Administración, de una en una, porque una puede no estar de acuerdo con lo que la otra diga, algo frustrante, que solo dilata los tiempos y plazos y desespera al usuario.
Insisto en que su Abogado, a sus cuestiones, es quién debe aclararle las situación y plazos.
Un saludo, paciencia y suerte