Buenas tardes @Bacalo,¿Pero esa interpretación se ajusta a la condiciones legales que expongo en el punto 2, donde no se menciona ese incremento del 20 % ? Además, siendo el regalo un simple medio de pago, ¿cómo valoraría la entidad el precio que le supone a ella la tarjeta regalo?Gracias por tus comentarios.SALUD y saludos.
Buenos días @buenavista,¿Pero esa "imposibilidad" es para poder optar a la reducción del 99% del ISD que se aprobó recientemente en Andalucía? ¿O es una restricción general, que afecta siempre a las donaciones (descartando los casos que comentas cuya finalidad es la adquisición de la primera vivienda)?Es decir, yo preguntaba si es posible la donación sin la intervención notarial (con un documento privado, por ejemplo, que se adjunte), aunque eso suponga un procedimiento menos ventajoso a efectos tener que abonar una tasa mayor (no sé "cuánto" sería el incremento).Un saludo.
Buenos días @lunatico, @josemanuel55 y resto de Rankian@s,¿Es posible, en el mismo escenario de Andalucía, realizar esa donación de dinero en efectivo a un hijo, sin escriturarla ante notario, y seguir cumpliendo con el resto de obligaciones tributarias (modelo 651 del ISD, como apunta @buenavista)? Me refiero, a recogerlo en un documento privado que se pueda adjuntar.Gracias. Un saludo.
Buenos días Pvila314.
Hice una consulta parecida hace unos meses: https://www.rankia.com/foros/empresas/temas/3836844-posible-solicitar-tarifa-plana-50-darse-alta-online-sede-electronica-reta
Espero que te sirva.
Saludos.
Gracias por la detallada respuesta, Lunatico.
Precisamente ahora estaba viendo un caso que se ajusta a a): la declaración ordinaria resultó negativa, ahora se intenta incorporar una renta positiva (sin retenciones) y el resultado final sigue siendo el mismo importe negativo.
He localizado un formulario de "Solicitud o comunicación", en http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_otros_/Modelos_y_formularios/Formularios/Formularios_para_Tramites_ante_la_Agencia_Tributaria/Formularios_para_Tramites_ante_la_Agencia_Tributaria.shtml
Supongo que esto será suficiente.
Un saludo.
Hola Niceday.
Como se ha comentado en hilos recientes, por ejemplo en https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/3607641-complementaria donde he escrito, la declaración complementaria debe resultar "a pagar", en positivo.
Si cuando intentas confeccionarla te resulta una cantidad en negativo, a tu favor, lo que tienes que presentar es una solicitud de devolución de ingresos indebidos.
¿Esa cantidad en negativo de SEPE a qué corresponde? ¿Has tenido que hacer alguna gestión (devolver alguna prestación, salarios de tramitación, etc.) con el SEPE?
Un saludo.
Hola Eloy Rua Garcia.
No estoy seguro, pero lo que indica batiscafo quizá puedas solicitarlo a través de este procedimiento: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientos/RA03.shtml
Un saludo.