Nos quedamos más tranquilos al leer vuestras confirmaciones. Muchas gracias. Más aún cuando la Administración ha hecho efectivo el pago en un plazo de sólo 6 días. Asunto resuelto.
En efecto, todas las declaraciones son 'a ingresar', y sobre ninguna de ellas se ha iniciado un procedimiento. Se ajustaría al escenario que describe el usuario harko.
Buenas tardes Franciscoar. Tendré también en cuenta lo que comentas. Supongo que te refieres a lo que se denomina "certificado tributario" en la página web de la Agencia Tributaria, cuyo formulario de presentación es el modelo 01.
Por otro lado, me resulta extraño que me hayan comentado que han realizado una consulta a través de un teléfono de atención al cliente de Hacienda y la persona que les ha atendido ha dicho que sí se está obligado a presentar declaración.
No sé en qué se ha basado para tal afirmación, pero sigo pensando que es de aplicación lo expuesto en este hilo y que uno está en su derecho de reclamar la no obligación de presentar declaración.
Saludos.
Buenas Harko. Gracias por compartir la opinión. Me parece muy acertada, y propondré que se actúe así. Que se presente una instancia general en el Registro General de la Delegación de Hacienda, exponiendo los hechos que justifican la no presentación de declaración de la renta y adjuntando copias compulsadas de la documentación que consideremos adecuada para refrendarlo (documento en el que se comunica al trabajador la subrogación y que manifiesta que se conservan la antigüedad y resto condiciones y beneficios laborales).
Con la copia del escrito presentado ( en fecha y hora correspondiente ) esperaremos si se recibe algún tipo de respuesta por parte de la Agencia Tributaria. Esperemos que favorable y en un tiempo razonable.
Gracias de nuevo. Un saludo.