Buenas tardes. El 28/7 me concedieron una IPT, la resolucion me llego el viernes pasado con la cuantia, forma de pago.... Me pone que el primer pago es del 28/07 al 31/08 y los siguientes a mes vencido, el primer dia habil del mes siguiente. Hoy me han hecho el ingreso, eso es normal? El siguiente que seria ya el 1 de octubre que corresponderia a septiembre, no?Gracias
Entonces primero tendria que poner una reclamacion y luego sino ya seria a traves del juzgado, no? Y mientras en ese tiempo seguiria cobrando o se paraliza
Buenas tardes. Como comente ayer, pude ver en el certificado integral de prestaciones que me han concedido la IPT. Todavia no me ha llegado la resolucion a casa, pero tengo algunas dudas, por si alguien puede ayudarme. El caso es que me dio un ictus, luego la IPT es por enfermedad comun, que posibilidades hay de conseguir una IPA, segun he leido tendria un mes para reclamar una vez recibida la resolucion. Tengo 47 años, que no se si influye a la hora de dar o no la absoluta. En el caso de decidir reclamar, dejaria de cobrar? No se que tiempo puede tardar una reclamacion, aunque el expediente se inicio el 12/07 y se resolvio el 28/07, muy rapido. No se alguien que haya reclamado y pueda orientarme un poco los pasos a seguir
Concedida si me han dicho que esta. El martes de la semana pasada recibi la carta para rellenar los documentos y ese mismo dia me llamaron por telefono pqra ver si la habia recibido y para que se los mandara por email antes del viernes que se iba de vacaciones y queria dejarlo cerrado, solo para pasarlo a fiscalizacion. Se los mande y el viernes me volvio a llamar xq en el apartado de hijos no habia incluido a un niño que tuve que fallecio y tenia que incluirlo xq afectaba en los calculos de cotizacion, asi que lo tuve que enviar corriendo corregido y me dijo que si, que estaba clarisimo y que sino no me hubiera pedido tantas cosas corriendo. Pero al preguntarle yo si era total o absoluta, me dijo que eso ya por telefono no me lo podia decir