Me alegra que haya un caso con final feliz; dan ganas de reclamar otra vez, si no fuera porque me dirá que eso ya lo resolvieron y listo.Olvidé comentar que en mi caso no viene de Caja Madrid, sino de CajaCanarias (luego Banca Cívica y ahora CaixaBank).Saludos.
En este otro post del mismo autor comento lo que he vivido hasta ahora con Caixabank.Yo solo contemplo reducir tiempo, y el año pasado vi que me compensaba más amortizar después de la revisión al alza, pues con la misma cantidad de dinero habría reducido más meses; este año tengo pensado esperar a la revisión para amortizar más meses, no sé si hay algo que se me está escapando. La base es que se basan en el capital que destinamos a amortizar préstamo de la letra de cada mes, no a la cuota completa (si pago 500 y 200 son para amortizar y 300 de intereses, por cada 200€ reduzco un mes; como ahora amortizo más, digamos 250 al mes con cada cuota, reduciría menos tiempo).En mi caso es Caixabank, que por lo que he visto hasta ahora funciona así y me actualiza las condiciones (salvo el tipo de interés, claro) al capital y plazo pendientes después de cada revisión.Un saludo y gracias.
Tanto desde mi oficina como el gestor telefónico (y online) que tengo asignado me han dicho siempre que lo tramite por atención al cliente; ellos como se le lavan las manos desde el principio y como mucho me han dicho que no tengo mucho que hacer.Incluso para pedir el cuadro de amortización actualizado de mi hipoteca me remitieron allí; escribí en diciembre, y he obtenido el silencio por respuesta.Saludos.
Lo he reclamado más de un vez en base a las diferentes sentencias que han ido saliendo, y nada. Solo dan largas o en algunos aspectos ni responden.En mi caso el montante total máximo al que aspiraría sería de unos 700€ y el abogado que más confianza me da me cuesta unos 250. Por menos de 500€ me estoy pensando si merecer la pena, aunque el riesgo sea bajo.También estoy pendiente de poder unirlo a otra causa, relacionada con cláusulas suelos con sentencia firme y devolución parcial de cantidades, pero no soy muy optimista con que eso prospere (creo que hay experiencias de todo tipo en ese caso).
Si reduces tiempo, a lo largo de toda la historia de la hipoteca pagarás menos intereses que si reduces cuota, eso es seguro, sobre todo si lo haces en la primera mitad de la hipoteca.Hacerlo antes o después de la revisión al alza... pues creo que depende del banco, no sé si todos funcionan igual. Si quieres reducir cuota, creo que da un poco igual. Si quieres reducir tiempo, la cosa cambia:Caixabank (que es mi banco) reduce un mes en base al capital que amortices con la letra habitual del mes en vigor: por ejemplo, si pagas 500€ de cuota mensual y, de esos 500, 275 son para amortizar y 225 de intereses, por cada 275€ que amortices (extra, al margen de la cuota) quitas un mes.Si te suben tras la revisión a, por ejemplo, 600 en total y de ese dinero solo 200 son para amortizar, al hacerlo después de la revisión puedes reducir más plazo con el mismo dinero. Por ejemplo:Amortizar 3.000 euros antes de la revisión (cuando con la cuota mensual amortizas 275): 11 meses menos.Amortizar 3.000 euros después de la revisión (cuando con la cuota mensual amortizas 200): 15 meses menos.No creo que todos los bancos funcionen igual, pero es lo que yo ya viví a finales de año; amorticé antes de la revisión y perdí la posibilidad de reducir aún más años sin que la cuota se viera especialmente afectada.Un saludo.
Yo soy de Gran Canaria y ya me sale que en 3 días naturales me lo ingresan; la hice el miércoles por la tarde y son menos de 2.000 euros. Mi pareja la hizo ayer por la mañana y está "tramitando".Saludos.
Lo que he leído alguna vez es que en algunos casos hay quien ha hecho primero una amortización parcial hasta el máximo que le permite su banco (en mi caso es el 25% anual), para posteriormente hacer la cancelación pagando algo menos de comisión.¡Un saludo y suerte con ese cambio!
A mí CaixaBank me contestó que la fecha de referencia era enero de 2016; yo reclamé en septiembre de 2021, y como habían pasado más de cinco años, no tenía derecho a devolución.Esto decían: "Tomamos en consideración la fecha de 21/01/2016 como inicio del plazo de 5 años al ser el día que se hizo pública la Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de diciembre de 2015 sobre abusividad de las cláusulas de gastos".Supongo que será una excusa, pero es algo que me hace dudar. Estoy por ir a tribunales por eso y por gastos cláusula suelo anteriores a 2013 con sentencia firme ya (por la sentencia del TJUE de mayo de este año). Mi reclamación al Banco de España tampoco fue efectiva.
Depende de varios factores, como la cantidad pendiente, del diferencial que tengas, el tiempo que queda de hipoteca, etc.Yo ya no me planteo cambiarla, tenía que haberlo hecho en mayo, que fue cuando empecé a moverme; por entonces un 2,4 sin vinculaciones me parecía alto, ahora me parecería estupendo (2,1 con nómina). Los fijos que están ofreciendo ahora mismo creo que rondan el 4%, yo he renunciado a ellos.Quizá una mixta, que antes no me gustaban nada, podría seguir siendo una opción, pero me sigue pareciendo tarde.Igual en tres meses está todo al 5% y el 4 de ahora lo echamos de menos, pero como no podemos saberlo...