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Participaciones del usuario Ayaxoileo - Economía

Ayaxoileo 10/05/22 10:01
Ha respondido al tema IMV- Denegado por 3ª vez!!! - Ingreso mínimo vital
Para eso debes acudir a la Agencia tributaria y que te indiquen que patrimonio han comunicado ellos a la SS. Si no dispones de patrimonio, ya que la vivienda habitual esta excluida, debes presentar Reclamación Previa. El piso de tu madre, evidentemente te corresponde una parte de él, deberías mirar que participación tienes en él y cual es su valor. También indicarte que este año, al producirse la actualización, a muchas personas le han achacado un patrimonio inexistente y les han extinguido el IMV con lo que han tenido que reclamar.
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Ayaxoileo 08/05/22 13:03
Ha respondido al tema 1 Abril 2022- Duda solicitud IMV - Ingreso mínimo vital
 Tendrán derecho a la pensión a favor de familiares:-Los nietos y hermanos, en ambos casos huérfanos de padre y madre, menores de 18 años. O mayores que tengan reconocida una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. También si son menores de 22 años, cuando no tengan un trabajo remunerado o, si lo tienen, los ingresos anuales no superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento.-Las madres y abuelas del fallecido viudas, solteras, casadas (cuyo marido sea mayor de 60 años o esté incapacitado para el trabajo), separadas judicialmente o divorciadas.-Padres y abuelos con 60 años cumplidos o incapacitados para todo trabajo.-Hijos y hermanos de pensionistas de jubilación o incapacidad permanente (ambas en su modalidad contributiva).Además, todos estos beneficiarios deben reunir unos requisitos generales:-Haber convivido con la persona fallecida que origina la prestación y «a sus expensas» con dos años de antelación a su muerte, o desde el fallecimiento del familiar con el que convivieran si se ha producido dentro de dicho periodo.-No tener derecho a una pensión pública.-Carecer de medios de subsistencia, lo que significa tener ingresos económicos iguales o inferiores al SMI. Tampoco pueden acceder a esta prestación aquellas personas que, aunque acrediten no alcanzar esos ingresos, tengan familiares «con obligación y posibilidad» de prestarles alimentos. ¿Sobre quiénes pesa dicha obligación? Sobre los cónyuges, ascendientes y descendientes. Los hermanos, por su parte, sólo deben prestar «los auxilios necesarios para la vida», por lo que quedan excluidos de la obligación de proporcionar alimentos.Si se cumplen esos requisitos, sí
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Ayaxoileo 08/05/22 10:54
Ha respondido al tema Duda Declaración de la renta - Ingreso mínimo vital
Pues creo que diste con el menos preparado de Hacienda por que eso de  "mi hijo menor ponerlo aparte" no se entiende. A ver si lo que te dijo es "deberías haberla hecho individual e incluir a tu hijo como descendiente" (siempre y cuando el otro progenitor no lo incluya, que puede ser que ya lo hubiese incluido y figurase en dos declaraciones). La Agencia Tributaria ha señalado que la edad no incide en la obligación de declarar y que es frecuente que se envíen los borradores a menores, puesto que muchos niños tiene cuentas corrientes a su nombre. Un ejemplo típico es una unidad familiar con dos hijos de 5 y 8 años, en cuyo caso se envían borradores a los cuatro miembros. En este supuesto los niños, al no tener otros ingresos ni retenciones, suele salir a devolver una pequeña cantidad que a veces no llega a un euro.Hacienda aclara que los niños no están obligados a declarar y los padres deciden si les compensa presentar la declaración de sus hijos para que les devuelvan unos céntimos. Los padres tampoco pierden la deducción por descendientes porque para ello los rendimientos de la cuenta corriente del hijo tendrían que ser abultadísimos, superiores a 1.800 euros año.Si un menor no tiene cuenta corriente ni rentas a su nombre no tiene que declarar Hacienda, solo figurar en la del progenitor o progenitores si son matrimonio o similar. 
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Ayaxoileo 08/05/22 10:36
Ha respondido al tema Suprimen el IMV - Ingreso mínimo vital
Gobierne quien gobierne no van a quitar ninguna prestación social ni contributiva. Aquí ya ha gobernado Psoe y PP y ninguno han quitado nada, es solo un viejo mantra que agitan sectores de ultraizquierda cada vez que haya algún tipo de elección, bien municipal, autonómica o general. Hay que tener en cuenta que el IMV se instauró a petición de la UE, que tanto el Psoe como el PP han ido subiendo la cantidad de prestaciones sociales, (la RAI la puso Aznar, el subsidio para mayores de 52 años el Pose, etc). En la comunidades donde gobierna el PP sigue existiendo la renta mínima o de inclusión. Ningún gobierno que se precie, sea del color que sea, va a eliminar alguna prestación social, podrán no aprobar nuevas prestaciones, pero nunca quitar una que ya esta instaurada porque crearía un caos social. Lo que si es seguro, que visto lo visto del IMV lo que si  es muy, muy mejorable, tanto en gestión como en requisitos. Es el típico cuento electoral de "que viene el lobo" pero luego en realidad, gobierne quien gobierne, todo queda igual. Por poner un ejemplo, en Euskadi, gobierna el PNV, que para derecha rancia, es rancia donde las haya, y se ha partido los morros por gestionar el IMV, ¿Por qué?, muy simple, lo gestiono, incorporo alguna mejora por mi parte y me aseguro una base electoral, atraigo a electores que pierden el "miedo endémico" que agitan mis opositores políticos. En materia social, una vez instaurado el IMV, que viene a cubrir a aquella población que no podía acogerse a ninguna otra prestación, lo único que queda ya es mejorar la gestión y alcance de las mismas, no queda más ya. Lo que deben hacer, gobierne quien gobierne, es mejorar la gestión del IMV, que tiene tantos errores que someten a los perceptores a pánico de que el mes siguiente no cobren por causa de algún error y además tarden meses y meses en solucionarlo, que no se tenga en cuenta los ingresos del año anterior, porque cuando cumplen los requisitos es ahora y los ingresos ahora son 0, que desaparezca el "si comiste el año pasado, este año no comes, ya si eso el próximo año, si sobrevives, volverás a comer". Lo que hay que exigir, insisto, gobierne quien gobierne, es su mejora. No va a desaparecer, quizás cambien el nombre, lo "maquillen" algo, pero no desaparecerá. El IMV salió aprobado por mayoría, hubo abstenciones, pero no porque estuviesen en contra, ya que si lo hubiesen estado hubiesen votado NO, hubo abstenciones solo por no dar reconocimiento político a los adversarios políticos. La política es así, pero la cruda realidad es otra y no quitaran nada, nadie.
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Ayaxoileo 06/05/22 12:35
Ha respondido al tema Duda Declaración de la renta - Ingreso mínimo vital
 Subvenciones que tributan como ganancia patrimonialEn general, las subvenciones públicas a particulares (estatales, autonómicas, de ayuntamientos…) se consideran ganancias patrimoniales y tributan en la base general del IRPF.  Éste es el caso, por ejemplo, de:Las ayudas para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual o el acondicionamiento de casas rurales.Las ayudas directas para sufragar los costes del alquiler de la vivienda.Las subvenciones destinadas a la adquisición de determinados activos, como el Plan Renove por la compra de vehículos.Las del Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (Plan PIVE)Ayudas públicas para el pago del IBIAyudas para la instalación de rampas y ascensoresAyudas para compensar gastos escolaresAyudas para compensar determinados gastos relacionados con la protección de la saludAyudas de turismo 
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