Buenos días, Te paso dos links, uno con el documento que debes presentar en la Seguridad Social y otro en el que se trata el tema de una "suspensión temporal" que creo que te pueden valer. http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/TramitesyGestiones/Altabajayvariaciond44113/Altabajayvariaciond44128/index.htm http://www.rankia.com/foros/empresas/temas/2997621-baja-alta-como-autonomo-autonomos
Buenas, Lo que tienes que fijarte es si son rentables los ingresos y los gastos y a partir de ahí decidir. Te paso un artículo del blog donde explica que son las franquicias y los impuestos y que creo que te puede ayudar a hacerte una imagen más precisa. http://www.rankia.com/blog/asesor-fiscal/3150672-como-tributan-franquicias
Buenas, Los pactos de no competencia tienen además de la limitación temporal de 2 años una limitación en el ámbito geográfico. La remuneración que te debe dar la empresa depende de estos dos factores (tiempo y ámbito geográfico) y de otros factores como la edad. ¿Cuándo se te debe pagar? En el momento en que se extinga tu contrato.
Buenas tardes, tienes más información sobre la empresa en el siguiente link, espero que te pueda servir. http://www.rankia.com/foros/bolsa/temas/1644915-carbures-europe
Buenas tardes, Lo que planteas está recogido en el artículo 39 del Estatuto de los Trabajadores. Para que haya movilidad funcional deben existir "razones técnicas u organizativas" en las que pueda basarse por lo que ese cambio debería estar motivado. Por otro lado, si he entendido bien, le están pagando menos, sin embargo, le deberían mantener el sueldo. Puedes acudir como ha comentado el anterior forero a los servicios jurídicos de USO y plantearlo.
Buenas, en el foro puedes encontrar más opiniones de gestorum en el siguiente link. http://www.rankia.com/foros/empresas/temas/1843596-gestorum-asesoria-online
Buenas, creo que deberías preguntarlo en el foro de fiscalidad ya que es algo muy específico. En principio parece que en un único impuesto del IVA debes declarar ambas. Con respecto al IRPF, como ha sido de este año, este año se incluye en la declaración del año siguiente.
Buenas, según lo que pone en la web Seguridad Social parece que al no pagar a tiempo pierdes la bonificación en el pago de los autónomos. http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/CotizacionRecaudaci10777/Areainformativa/Elementosdecotizaci11301/BonificacionesyRedu11341/index.htm