Lo de los costes está claro ¿no? Tiene el mismo coste para la gestora un cliente pequeño que uno grande, por ejemplo, cuesta lo mismo enviar la información legal a un cliente que tenga 100 euros que a uno que tenga 100000.
Y a otras gestoras les costará lo mismo, luego es decisión comercial de cada gestora asumir esos costes o no. Pero no deja de ser cierto que un fondo con un patrimonio de 1000 millones genera más ingresos de gestión que un fondo de 40 millones, y es obvio que el primero tiene más margen para permitirse esos gastos.
¿no prefieres un fondo de Small Caps Europeo? Por ejemplo, el Santander Small Caps Europa también lo gestiona Lola Solana.
Esto no es una recomendación.
El 90 % o más de los fondos españoles pertenecen a bancos. Estadísticamente, alguno de los fondos españoles que pertenecen a los bancos tendrán una rentabilidad mayor que otros fondos de bancos.
A no ser que tus fondos tengan comisión de reembolso y no comisión de traspaso, pero si ese fuera el caso ya nos lo habrías dicho,
Pero si tienes pérdidas en tus inversiones no pagarás impuestos, solamente se tributa cuando se tienen beneficios. es decir, si actualmente la inversión tuviera mayor precio que cuando lo compraste.
Pero eso que dices que "obviamente los activos no core no intervienen para el per", no es tan obvio en la industria de fondos y en los analisis de empresas. Porque esos per que dices reales que se publican muchas veces suelen tener en cuenta todos los activos y el beneficio del último año.
A mi no me parece mal la respuesta que te dieron.
No estoy capacitado para dar recomendaciones. Pero puedo asegurarte que ese fondo fluctúa y que fluctuara en el futuro.
Una fluctuación o variación de 3,11% no es NADA, y menos que nada en un mes.
Pero si la caja neta es un activo no core de la empresa. Y dices que te dijeron "que cobas para el cálculo del per no tenía en cuenta los activos que no fueran core de la empresa".
Da igual que el trabajo lo hagas en una oficina o en casa conectado a internet. Si eres un trabajador legal de una empresa tendras un contrato de trabajo y harás todos los años la declaración del irpf en tu lugar de residencia, por lo que dices estarías obligado a hacer la declaración de irpf a la hacienda española.
Si presentas una copia de la declaración del irpf o el contrato de trabajo o una nómina reciente sería suficiente para cumplir lo que te piden.