Si en el contrato no viene expresamente el importe de la comisión, según el Servicio de Reclamaciones del Banco de España, la actuación del banco no se ajusta a las buenas prácticas y usos bancarios.
Para reclamar, armate de paciencia y:
- Primero reclamación al Servicio de Atención al Cliente de Bankinter (https://www.bankinter.com/www2/particulares/es/inicio/atencion_al_cliente/servicio_atencion_cliente), alegando que en ninguno de los contratos suscritos, es decir, ni en el contrato de depósito a la vista ni en el de depósito a plazo fijo, establece el importe de dicha comisión, estableciéndola mediante una remisión general a tarifas, y adjuntas el contrato
Si me mandas por mensajería tu mail, te remito la Resolución del Banco de España para que copias y pegues los argumentos del Banco de España.
Acabo de ganar una reclamación en el Banco de España a Bankinter por este mismo tema.
Lo primero de todo mira a ver en el contrato que firmaste, si venía la comisión, y expresamente el importe de la comisión.
La retención fiscal actualmente es siempre del 21% para rendimientos del capital mobiliario.
Otra cosa diferente, es que al hacer la declaración de la renta se paguen porcentajes diferentes en función de los rendimientos obtenidos:
Las ganancias hasta 6.000 tributan al 21%
A partir de 6.000 euros y hasta 24.000 habrá que pagar un 25%
A partir de 24.000 euros se pagará el 27%
Si la cuenta solo sirve para el pago final del depósito, en principio no debieran cobrarte la comisión de mantenimiento.
Si en la oficina no te quieren quitar la comisión acude al Servicio de Atención al Cliente (http://www.bde.es/clientebanca/quejas/entidades.htm) y si no te dan la razón, o pasan dos meses sin respuesta, plantea la reclamación al Servicio de Reclamaciones del Banco de España (https://sedeelectronica.bde.es/sede/es/menu/ciudadanos/Reclamaciones_y_2e85b7714582d21.html)
Puedes traspasar esos valores de renta fija a cualquier entidad financiera, eso sí, pagando la oportuna comisión. Infórmate antes del importe.
En lo relativo al cobro de comisiones en La Caixa, el Banco de España lo tiene muy claro, cuando se utilizan únicamente para abonar intereses de depósitos, situación que puede ser asimilable a la tuya:"Comisiones de mantenimiento en cuentas vinculadas a otra operación de activo o pasivo
El Servicio considera que cuando las cuentas se mantienen por imposición de la entidad o cuando son utilizadas exclusivamente para abonar los intereses de un depósito o para dar servicio a un préstamo hipotecario no corresponde a los clientes correr con los gastos de ninguna comisión por mantenimiento o administración.
Ciertamente, tales situaciones conducen al absurdo de que el cliente tenga que pagar por cumplir una obligación -como la apertura de una cuenta para facilitar la gestión de la entidad- que la propia entidad le impuso en interés propio, lo cual es claramente contrario al principio de reciprocidad y a las buenas prácticas y usos bancarios." (http://www.bde.es/bde/es/secciones/servicios/Particulares_y_e/Servicio_de_Recl/Criterios_de_bue/Comisiones/Depositos.html)