Según lo previsto en el artículo 195 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, los clientes minoristas pueden solicitar ser tratados como clientes profesionales, renunciando de forma expresa a su tratamiento como clientes minoristas. La admisión de la solicitud y dicha renuncia quedará condicionada a que la empresa que preste el servicio de inversión efectúe la adecuada evaluación de la experiencia y conocimientos del cliente en relación con las operaciones y servicios que solicite y se asegure de que puede tomar sus propias decisiones de inversión y comprende sus riesgos. Al llevar a cabo la citada evaluación, la empresa deberá comprobar que se cumplen al menos dos de los siguientes requisitos:a) Que el cliente ha realizado operaciones de volumen significativo en el mercado relevante del instrumento financiero en cuestión o de instrumentos financieros similares, con una frecuencia media de 10 por trimestre durante los cuatro trimestres anteriores.b) Que el tamaño de la cartera de instrumentos financieros del cliente, formada por depósitos de efectivo e instrumentos financieros, sea superior a 500.000 euros.c) Que el cliente ocupe o haya ocupado durante, al menos, un año, un cargo profesional en el sector financiero que requiera conocimientos sobre las operaciones o servicios previstos. Real Decreto 813/2023, de 8 de noviembre, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión.https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-22763
En su momento Flatex era una muy buena opción (todos los mercados alemanes de bonos y muy buenas comisiones)Actualmente por el tema de la supuesta protección del inversor, muchos de los bonos son solo para "clientes profesionales"
Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2023 y enero de 2024, artículo 12.4.d) d) En ambos tipos de subastas las peticiones no competitivas se aceptarán en su totalidad, siempre que haya sido aceptada alguna petición competitiva, y que el tipo de interés medio ponderado no resulte negativo. El precio de adjudicación de los valores correspondientes a esta clase de peticiones será el precio medio ponderado incrementado en el importe del cupón corrido o el precio equivalente al tipo de interés medio ponderado, según corresponda.
Según la información que te facilitaron en la web en el momento de la compra:- La transferencia deberá estar en el Banco de España al menos DOS DÍAS LABORABLES antes de la celebración de la subasta - El importe a transferir es EXACTAMENTE el que aparece en el resguardo
Artículo 135.3 de la Constitución:"Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la Ley de emisión"
Últimamente flatex por la MFID II no deja comprar prácticamente nada (ni siquiera europeo). Casi todo es para inversores profesionales.Hace años no había absolutamente ningún problema.Para verificarlo, vete al ISIN del producto que quieres comprar, a la información, y ahí te dirá si es para clientes profesionales:O para cualquier cliente:
Tienes por escrito que te las han comprado al 2.97%?Según la página oficial, el máximo del 13/02/2023 fue del 2,8688% (se movió entre el 2,8688% y 2,8250%)https://www.bolsasymercados.es/bme-exchange/es/Mercados-y-Cotizaciones/Renta-Fija/Ficha-Emision/Let-Tesoro-Publico-Desc-01-2024-ES0L02401120