Acceder

Carmen11

Se registró el 19/11/2010
193
Publicaciones
8
Recomendaciones
2
Seguidores
Posición en Rankia
2.746
Posición último año
Carmen11 03/04/25 14:16
Ha respondido al tema Declaración de la renta No obligados (matrinonios), no deja presentarla
HolaNo, no. Se ha hecho con los datos del matrimonio para enviar la más beneficiosa y resulta que no aparece el botón de enviar la individual del otro declarante.. es decir te pone conjunta y las dos individuales… la más beneficiosa es las individuales, pero en la que pone no obligada porque sale cero, no deja enviarla.PIENSO que es un error de hacienda. Porque cuando entro con los datos del contribuyente no obligado pasa lo mismo NO DEJA enviarla que raro es esto.Un saludo
Ir a respuesta
Carmen11 17/01/25 22:26
Ha respondido al tema Convenio colectivo de empresa de trabajo temporal (ETT), año 2024?
si si el convenio como en todos, en función de la categoría unos están por encima del SMI pero otros están por debajo., cuando digo salario me refiero a la suma de todo (salario base+ complementos).Si esa categoria se queda en sueldo de 990€, no va a llegar al smi. como se hace?
Ir a respuesta
Carmen11 24/12/24 13:39
Ha respondido al tema Impuesto sobre sucesiones y donaciones
Buenas tardes.Tengo una duda, si un abuelo (en Andalucía) dona un dinero para que su nieta compre su vivienda habitual (nieta menor de 35 años), no es la única nieta, pero decide donarle un dinero para que se compre una casa. Esto como va a efectos fiscales? ¿Cuánto tiene que pagar la nieta? ¿Cuánto el abuelo? que impuestos entran autonómicos, locales, nacionales?gracias
Ir a respuesta
Carmen11 15/11/24 10:40
Ha respondido al tema Convenio colectivo de empresa de trabajo temporal (ETT), año 2024?
Buenos dias.Te entendí, ahora me toca estudiar esas tres posibilidades, mirar que son los convenios colectivos extraestatutarios. Mirar qué condiciones puede modificar el empresario sin que toque  (STS 14 mayo 13 ar 6080), art. 41 LET, y la tercera no se que es la regulación legal ausente.Gracias por toda la información y por tu pronta respuesta.Un saludo.
Ir a respuesta
Carmen11 13/11/24 21:33
Ha respondido al tema Convenio colectivo de empresa de trabajo temporal (ETT), año 2024?
Pero en que mundo vivimos? la verdad que no entiendo como no se puede llegar a un acuerdo, y que se quede desde octubre 2021, 3 años esperando el nuevo convenio y no se avance nada.  ¿no hay forma de acelerarlo y que se consiga? o vamos a estar toda la vida sin convenio? y mi duda es, a cual nos acogemos? o se nos aplica directamente el estatuto de trabajadores y el SMI?Un saludo
Ir a respuesta
Carmen11 13/11/24 21:23
Ha respondido al tema Convenio colectivo de empresa de trabajo temporal (ETT), año 2024?
Una cosa mas. si pasado un año desde la denuncia, y esto fue en 2021, pasa el convenio en situación de ultraactividad, por lo que se aplicaría un convenio  de ámbito superior. el que me pusiste de Adeco, podría ser de ámbito superior, o ese es de ámbito empresarial? ¿Se podría aplicar ese?Un saludo
Ir a respuesta
Carmen11 28/04/24 18:20
Ha respondido al tema Deducción maternidad año 2023 si no trabaja-baja por it
Buenas tardes.otra duda que me surge con  la nueva normativame comentas esto: - Pero, desde el día 1 de enero de 2023, la deducción por maternidad se percibe si en el momento del nacimiento la contribuyente se encontraba en la situación anterior  (* párrafo tuyo) o se cumplía uno de los nuevos requisitos introducidos por la reforma: perceptora del desempleo contributivo o subsidiado o cotización posterior al nacimiento con un mínimo de 30 días ...volviendo al caso de la embarazada está en incapacidad temporal con contrato finalizado en el periodo de IT, nace el bebe en noviembre 2023 y pasa a cobrar la maternidad...y hasta julio no consigue los 30 dias (jornadas necesarias para poder deducirse los 100€ de maternidad), la normativa dice: .... en cualquier momento posterior al nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados, teniéndose en cuenta también los días cotizados previos al nacimiento ... teniéndose en cuenta tb los dias cotizados previos al nacimiento, esto qué es?  si la madre ya venía de un contrato anterior, pasa a it, despues nace el bebe.... ¿puede practicarse la maternidad por haber tenido ese periodo minimo de 30 dias antes del nacimiento, previos, como o que se entiende de previos?Resumiendo:Madre trabajadora regimen agricola, se queda embarazada y se da baja por riesgo al embarazo, y le rescinde el contrato al ser un fijo discontinuo, nace el bebe, disfruta de la prestación de maternidad, y pasado ese tiempo comienza a trabajar en el agrario nuevamente...¿Tiene que esperar a reunir los 30 días si ya venía siendo trabajadora antes de la baja por IT, ya tenía dias cotizados antes de IT y del nacimiento?Y en el caso de que no tuviera dias previos si consigue reunir los 30 dias posterior al nacimiento, es obligación de mantenerse de alta en el regimen de la seguridad social o desempleo hasta que el bebe cumpla los 3 años o por el hecho de tener los 30 días es suficiente?Muchas gracias
Ir a respuesta
Carmen11 31/03/24 20:53
Ha comenzado a seguir al usuario
Carmen11 31/03/24 20:50
Ha respondido al tema Deducción por familia numerosa- periodo cobro prestación de paternidad
perdon rectifico un error una ves leido el texto de nuevo....donde dice que septiembre y octubre, lo que realmente cobro fue el desempleo... por eso le viene el si de parado....en los meses que cobro la prestación de paterndad es en julio/agosto, donde las dos casillas vienen en blanco..¿?¡?¿?¿
Ir a respuesta
Carmen11 31/03/24 20:44
Ha respondido al tema Deducción por familia numerosa- periodo cobro prestación de paternidad
Buenas tardes.mirando el caso de la persona que durante los meses de julio y agosto cobra la prestación de paternidad (subsidio del menor). al sacar el informe de los datos fiscales en hacienda viene esos dos meses en blanco, sin cotizaciones y en la casilla de parado/pensionista viene vacia...voy a intentar pegar aquí los datos, no...no  me deja hacer la captura pero viene a decir :periodo-------importe cotizado---parado/pensionistaenero-----------484.32-------------------  blancofebrero------- 437.45--- --------------  blanco etcetcjunio------------- 390.58---------------- blanco julio---------------- blanco--- -------------  blanco agosto-------------blanco--- ---- ---------  blanco septiembre--------421.83-----------------sioctubre------------484.32------------------------sietc... es decir los meses de septiembre y octubre cobro la prestación pero en los meses de julio y agosto la paternidad...por lo tanto habría que corregir el borrador y añadir esos dos meses como deducción de familia numerosa?Tal como me lo has explicado, de forma clara, yo entiendo que tengo que corregir el borrador y meter esos dos meses como deducción por familia numerosa.un saludo
Ir a respuesta
Carmen11 29/03/24 18:21
Ha respondido al tema Deducción por familia numerosa- periodo cobro prestación de paternidad
Buenas tardes.Los trabajadores agrarios, finalizan su relación laboral y continúan cotizando a la seguridad social (llamado periodo de inactividad). es este periodo, al haber cotizaciones... imagino que también se aplicaría la deducción por familia numerosa?.Ejemplo, trabajador (A), trabaja durante todo el año, pero en los meses de julio, agosto y septiembre, se le acaba el contrato, este trabajador tiene cartilla agraria, ya que pertenece al régimen especial agrario... y durante esos meses cotiza, paga integramente su sello (no trabaja y tiene cubierto su asistencia a la salud). ¿la deducción familia numerosa sería del todo el año?Un saludo
Ir a respuesta
Carmen11 29/03/24 18:15
Ha respondido al tema Deducción maternidad año 2023 si no trabaja-baja por it
GraciasMe lío un poco con la deducción de maternidad/ familia numerosa.Esta deducción maternidad tiene mucha similitud con la deducción de familia numerosa, pero les diferencia en la situación de que si no estas trabajando (deducción maternidad) pero estas percibiendo (incapacidad transitoria), en la maternidad NO  te la puedes deducir porque es obligatorio que estes de alta (que la empresa no te haya dado de baja) y en la deducción de familia numerosa, ese dato no lo contempla, sino que lo da por valido con el solo hecho que estes en situación asimilada de alta (sigue cotizando por ti aunque sea el INSS).Creo que es la conclusión que saco de esas dos deducciones, aparte de las competencias e incompetencias.Un saludo
Ir a respuesta

Lo que sigue Carmen11