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Participaciones del usuario Carmen11

Carmen11 15/11/24 10:40
Ha respondido al tema Convenio colectivo de empresa de trabajo temporal (ETT), año 2024?
Buenos dias.Te entendí, ahora me toca estudiar esas tres posibilidades, mirar que son los convenios colectivos extraestatutarios. Mirar qué condiciones puede modificar el empresario sin que toque  (STS 14 mayo 13 ar 6080), art. 41 LET, y la tercera no se que es la regulación legal ausente.Gracias por toda la información y por tu pronta respuesta.Un saludo.
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Carmen11 13/11/24 21:33
Ha respondido al tema Convenio colectivo de empresa de trabajo temporal (ETT), año 2024?
Pero en que mundo vivimos? la verdad que no entiendo como no se puede llegar a un acuerdo, y que se quede desde octubre 2021, 3 años esperando el nuevo convenio y no se avance nada.  ¿no hay forma de acelerarlo y que se consiga? o vamos a estar toda la vida sin convenio? y mi duda es, a cual nos acogemos? o se nos aplica directamente el estatuto de trabajadores y el SMI?Un saludo
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Carmen11 13/11/24 21:23
Ha respondido al tema Convenio colectivo de empresa de trabajo temporal (ETT), año 2024?
Una cosa mas. si pasado un año desde la denuncia, y esto fue en 2021, pasa el convenio en situación de ultraactividad, por lo que se aplicaría un convenio  de ámbito superior. el que me pusiste de Adeco, podría ser de ámbito superior, o ese es de ámbito empresarial? ¿Se podría aplicar ese?Un saludo
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Carmen11 28/04/24 18:20
Ha respondido al tema Deducción maternidad año 2023 si no trabaja-baja por it
Buenas tardes.otra duda que me surge con  la nueva normativame comentas esto: - Pero, desde el día 1 de enero de 2023, la deducción por maternidad se percibe si en el momento del nacimiento la contribuyente se encontraba en la situación anterior  (* párrafo tuyo) o se cumplía uno de los nuevos requisitos introducidos por la reforma: perceptora del desempleo contributivo o subsidiado o cotización posterior al nacimiento con un mínimo de 30 días ...volviendo al caso de la embarazada está en incapacidad temporal con contrato finalizado en el periodo de IT, nace el bebe en noviembre 2023 y pasa a cobrar la maternidad...y hasta julio no consigue los 30 dias (jornadas necesarias para poder deducirse los 100€ de maternidad), la normativa dice: .... en cualquier momento posterior al nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados, teniéndose en cuenta también los días cotizados previos al nacimiento ... teniéndose en cuenta tb los dias cotizados previos al nacimiento, esto qué es?  si la madre ya venía de un contrato anterior, pasa a it, despues nace el bebe.... ¿puede practicarse la maternidad por haber tenido ese periodo minimo de 30 dias antes del nacimiento, previos, como o que se entiende de previos?Resumiendo:Madre trabajadora regimen agricola, se queda embarazada y se da baja por riesgo al embarazo, y le rescinde el contrato al ser un fijo discontinuo, nace el bebe, disfruta de la prestación de maternidad, y pasado ese tiempo comienza a trabajar en el agrario nuevamente...¿Tiene que esperar a reunir los 30 días si ya venía siendo trabajadora antes de la baja por IT, ya tenía dias cotizados antes de IT y del nacimiento?Y en el caso de que no tuviera dias previos si consigue reunir los 30 dias posterior al nacimiento, es obligación de mantenerse de alta en el regimen de la seguridad social o desempleo hasta que el bebe cumpla los 3 años o por el hecho de tener los 30 días es suficiente?Muchas gracias
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Carmen11 31/03/24 20:50
Ha respondido al tema Deducción por familia numerosa- periodo cobro prestación de paternidad
perdon rectifico un error una ves leido el texto de nuevo....donde dice que septiembre y octubre, lo que realmente cobro fue el desempleo... por eso le viene el si de parado....en los meses que cobro la prestación de paterndad es en julio/agosto, donde las dos casillas vienen en blanco..¿?¡?¿?¿
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Carmen11 31/03/24 20:44
Ha respondido al tema Deducción por familia numerosa- periodo cobro prestación de paternidad
Buenas tardes.mirando el caso de la persona que durante los meses de julio y agosto cobra la prestación de paternidad (subsidio del menor). al sacar el informe de los datos fiscales en hacienda viene esos dos meses en blanco, sin cotizaciones y en la casilla de parado/pensionista viene vacia...voy a intentar pegar aquí los datos, no...no  me deja hacer la captura pero viene a decir :periodo-------importe cotizado---parado/pensionistaenero-----------484.32-------------------  blancofebrero------- 437.45--- --------------  blanco etcetcjunio------------- 390.58---------------- blanco julio---------------- blanco--- -------------  blanco agosto-------------blanco--- ---- ---------  blanco septiembre--------421.83-----------------sioctubre------------484.32------------------------sietc... es decir los meses de septiembre y octubre cobro la prestación pero en los meses de julio y agosto la paternidad...por lo tanto habría que corregir el borrador y añadir esos dos meses como deducción de familia numerosa?Tal como me lo has explicado, de forma clara, yo entiendo que tengo que corregir el borrador y meter esos dos meses como deducción por familia numerosa.un saludo
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