Según la ley, el inquilino se puede ir pasados 6 meses pagando la indemnización correspondiente.Por otra parte he leído que si los 2 inquilinos tienen renta solidaria si el arrendador no aprueba que uno de ellos se vaya, qué es lo que primaria si uno de ellos se quiere ir pasados los 6 meses ?
Es cierto que por mucho que firmen con todas las garantías, entiéndase, que quien firma es quien dice ser, y que te lo asegura la firma presencial junto con su dni o bien certificado electrónico, finalmente te pueden dejar de pagar si no quieren, pero al menos te aseguras que quien firma es quien dice ser, como comentaba antes.
De la otra forma , si envias el documento para que vayan firmando a distancia por correo postal o con entidades como docusign, no sabes quien firma, aunque el documento tenga la misma validez legal .
¿Qué pasa si ni tan siquiera has visto al inquilino ni su dni aunque te lo envíen por correo?
Quizá sea demasiado precavida para que al final, si no te quieren pagar lo hagan igual pero no lo puedo evitar visto todos los pbs que hay con los alquileres
Muchas gracias , para mi gusto , actualmente se firman contratos de alquiler con pocas garantias para mi gusto aunque sean legales. Si no se tiene un certificado electrónico o no se hace presencialmente o con poder notarial a mi no me da mucha confianza firmar a distancia sin estas medidas .Qué opinais? Gracias
Hola . Yo tengo certificado digital instalado en el ordenador. He entrado a adobe , a la versión de prueba que te permite firmar , pero no veo como firmar con el certificado digital porque no me lo pide. Solo pide que pongas una firma, unas iniciales o una imagen. Hay otra versión de adobe que te pida la firma con certificado electrónico? Gracias