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Participaciones del usuario CIRO Consulting - Fiscalidad

CIRO Consulting 24/04/13 09:18
Ha respondido al tema Domicilio fiscal y movilidad
Buenos días inaf88 y bienvenido a Rankia, Duda 1: Debes presentar la declaración en cualquier oficina de una Entidad colaboradora autorizada (Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de Crédito) situada en territorio español si te sale a ingresar. Si el resultado es a devolver, puedes presentar la declaración mediante entrega personal en cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria, o por correo certificado dirigido a la Delegación o Administración de la Agencia Tributaria correspondiente a su domicilio habitual, o en cualquier oficina de la Entidad colaboradora autorizada (Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de Crédito) situada en territorio español, en la que tenga abierta a su nombre la cuenta en la que desee recibir la devolución del IRPF. Duda 2: si has cambiado de domicilio debes marcar con una "X" la casilla 13 y/o 70 de la página 1 de la declaración, y además, señalar con una "X" la casilla que aparece en el recuadro "Primera declaración/ Cambio de domicilio habitual" del sobre de envío que utilice para efectuar la presentación de la declaración. ƒ Duda 3: Deberás incluirlo en retribuciones del trabajo dinerarias o en especie. Saludos.
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CIRO Consulting 23/04/13 14:12
Ha respondido al tema Patrimonio
Buenas tardes Pedrusco, Deberás residir más de 183 días en Madrid. Saludos.
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CIRO Consulting 22/04/13 17:19
Ha respondido al tema Cuenta Corriente IRPF
Buenas tardes samulv y bienvenido a Rankia, Una persona que es autorizada en la cuenta corriente no tiene que tributar por ella, ya que no dispone del dinero depositado en la misma. Por tanto, deberás indicar una cuenta en la que seas titular. Saludos.
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CIRO Consulting 19/04/13 13:54
Ha respondido al tema Irpf e iva
Buenas tardes Anny_bcn y bienvenida a Rankia, La potestad sancionadora de la administración está regulada en los artículos 178 y ss de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. La infracción se calificará en leve, grave o muy grave, en función de la cuantía de la deuda tributaria que hayas dejado de ingresar. En cuanto al procedimiento, deberás consultar los artículos 207 y ss en los cuales se determina el procedimiento sancionador en materia tributaria. Saludos.
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CIRO Consulting 18/04/13 10:27
Ha respondido al tema Prestacion desempleo cobrada 2013, tramitada en 2012
Buenos días Timoteo y bienvenido a Rankia, Como regla general, los rendimientos del trabajo se imputan al período impositivo en que sean exigibles por su perceptor, que en tu caso sería 2012. Sin embargo, existen una serie de supuestos especiales: - Cuando no se hubiera satisfecho parte de una renta, por encontrarse pendiente de resolución judicial, los importes no satisfechos se imputarán al período impositivo en que aquélla adquiera firmeza. Por tanto, si existía un pleito pendiente y la resolución se produjo en febrero de 2013, tendrás que declararlo el próximo año. - Cuando por circunstancias justificadas no imputables al contribuyente, los rendimientos derivados del trabajo se perciban en períodos impositivos distintos a aquéllos en que fueron exigibles, se imputarán practicándose autoliquidación complementaria, sin sanción ni intereses de demora ni recargo alguno. Cuando concurran las circunstancias previstas en el supuesto anterior, los rendimientos se considerarán exigibles en el período impositivo en que la resolución judicial adquiera firmeza. Por tanto, lo deberás declarar el próximo año o realizar una declaración complementaria, en función de si se ha llevado a cabo un juicio o no. Saludos.
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CIRO Consulting 18/04/13 10:14
Ha respondido al tema RENTA 2012: Arrendador
Buenos días Ipadrán y bienvenido a Rankia, Gastos deducibles por alquiler de vivienda Casillas 071, 072 y 073. Estas casillas recogen las deducciones por intereses de los capitales invertidos en la adquisición o mejora del inmueble y gastos de reparación y conservación del mismo. - Casilla 071 se incluye el importe de los gastos deducibles procedentes de los ejercicios 2008, 2009, 2010 y 2011 que estuviesen pendientes de deducir. Me comentas que lo comprasrte el año pasado, por lo que no tendrás importes pendientes de deducir. - Casilla 072 se hará constar el importe de los gastos deducibles producidos en el ejercicio 2012 por los siguientes conceptos: intereses y demás gastos de financiación derivados de los préstamos invertidos en la adquisición o mejora del inmueble, así como los gastos de conservación y reparación (pintado, arreglo de instalaciones...) y los de sustitución de elementos preexistentes (instalaciones de calefacción, ascensor, puertas de seguridad, etc.). Límite máximo del importe deducible: no podrá exceder de la cuantía de los rendimientos íntegros obtenidos en el ejercicio. Por tanto, sólo podrás deducir hasta la cuantía de 3000 euros, pero el exceso podrás anotarlo en la casilla 073 y su importe se podrá deducir en los cuatro años siguientes. Este límite sólo se refiere a los importes deducidos en las casillas 071 y 072. - Casilla 074. Otros gastos fiscalmente deducibles. En esta casilla podrás deducir los siguientes importes y no computan en el límite mencionado anteriormente: – Amortización de los inmuebles y demás bienes cedidos conjuntamente con los mismos. No podrá exceder del 3% del coste del coste de adquisición satisfecho o del valor catastral. – Tributos y recargos no estatales (IBI). – Primas de contratos de seguro. – Gastos de administración, vigilancia, portería, etc. – Gastos ocasionados por la formalización del arrendamiento. – Saldos de dudoso cobro, siempre que esta circunstancia quede suficientemente justificada. Saludos.
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CIRO Consulting 15/04/13 17:31
Ha respondido al tema Declarar ingresos por comisiones de ventas
Buenas tardes abelibañez, Buenas tardes abelibañez y bienvenido a Rankia, Con el término actividades económicas se hace referencia a Actividades empresariales de carácter mercantil, otras actividades empresariales de carácter no mercantil (actividades forestales, actividades de artesanía...), actividades profesionales de carácter artístico o deportivo... Por otro lado, el término rendimientos del trabajo incluye los rendimientos procedentes del trabajo o empleo por cuenta ajena. Por tanto, al no estar dado de alta como autónomo, tendrás que declararlo como rendimientos del trabajo. Saludos.
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CIRO Consulting 09/04/13 17:36
Ha respondido al tema Asesor fiscal
Buenas tardes, Somos CIRO Consulting un equipo formado por profesionales con más de 20 años de experiencia en la materia. Nuestros servicios se caracterizan por la capacidad de adaptación a las necesidades de nuestros clientes cubriendo así una amplia gama de funciones En la actualidad apoyamos a una amplia gama de clientes particulares y sociedades en su gestión administrativa, actualización de sus contabilidades y facilitándoles la presentación de impuestos. Además, contamos con el Blog de Asesor Fiscal en Rankia, en el que resolvemos las dudas que nos podáis plantear. Contacto: C/Caleruega 75, MADRID , C.P. 28033 Teléfono : 91 1289 Email : [email protected] Pº Castellana 166, MADRID, C.P. 28046 Telefono: 911 250 834 También puedes contactar con nosotros en facebook o twitter.
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CIRO Consulting 09/04/13 17:27
Ha respondido al tema Duda sobre casilla 760 - Ayuda
Buenas tardes Galleguiña89 y bienvenida a Rankia, Te explico como funciona la deducción por inversión en vivienda habitual: En primer lugar, existe un límite general de 9.040 euros anuales, por lo que no te podrás deducir más de dicha cuantía. Por otro lado, la base de la deducción está constituida por el importe satisfecho en el ejercicio por la adquisición de su vivienda habitual, incluidos los gastos y tributos originados que hayan corrido a cargo del contribuyente, tales como Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, IVA, gastos de notaría y registro de la propiedad, gastos de agencia, etcétera. Además, si se solicita un préstamo, la cantidad correspondiente a la amortización del capital, los intereses y demás gastos derivados de dicha financiación forman parte del importe deducible. Por tanto, puede que te hayan deducido el importe máximo, pero eso no significa que la declaración te tenga que salir a devolver. Saludos.
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CIRO Consulting 05/04/13 13:12
Ha respondido al tema Casilla 738 declaracion renta 2012
Buenos días Jose1414 y bienvenido a Rankia, Desgraciadamente, el gobierno este año ha eliminado la compensación por deducción en la adquisición de vivienda habitual. Te remito a este artículo que lo explica en profundidad: Inconstitucionalidad de la eliminación de la compensación por compra de vivienda Saludos.
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