CIRO Consulting
24/04/13 09:18
Ha respondido al tema Domicilio fiscal y movilidad
Ir a respuesta
Buenos días inaf88 y bienvenido a Rankia,
Duda 1: Debes presentar la declaración en cualquier oficina de una Entidad colaboradora autorizada (Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de Crédito) situada en territorio español si te sale a ingresar. Si el resultado es a devolver, puedes presentar la declaración mediante entrega personal en cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria, o por correo certificado dirigido a la Delegación o Administración de la Agencia Tributaria correspondiente a su domicilio habitual, o en cualquier oficina de la Entidad colaboradora autorizada (Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de Crédito) situada en territorio español, en la que tenga abierta a su nombre la cuenta en la que desee recibir la devolución del IRPF.
Duda 2: si has cambiado de domicilio debes marcar con una "X" la casilla 13 y/o 70 de la página 1 de la declaración, y además, señalar con una "X" la casilla que aparece en el recuadro "Primera declaración/ Cambio de domicilio habitual" del sobre de envío que utilice para efectuar la presentación de la declaración.
Duda 3: Deberás incluirlo en retribuciones del trabajo dinerarias o en especie.
Saludos.