Pero ella por cuestiones morales quiere renunciar,de ahí que le diga que mejor hacerlo a principios o mediados de marzo y no esperar a abril Lo que vd dice es totalmente correcto pero ella está decidida a renunciar y es lo que pregunta.Yo lo acabo de hacer( renuncia) al encontrar empleo y se que se me aplicaría el incentivo y no perdería el imv aun con dicho empleo.También hay que pensar la paz mental que supone la vigilancia permanente a que te ves sometido con esta prestación,por lo que comprenda su idea de renunciar.
Hola,yo lo daría a mediados de marzo,pues la baja tendría efectos a partir del mes siguiente a qué se apruebe dicha baja.Si lo solicitas por ejemplo el 27 de marzo te lo podrían aprobar el 10 de abril ( son solo ejemplos) y cobrarías dicho abril también.
Tú resta a tu unidad de convivencia esos 2000 euros ( no sé si tienes otros ingresos o ayudas tipo bono social térmico) y el resultado lo divides entre 12 y ese será tu imv en la actualización de octubre de 2025.Ahora cobraras lo que te sale en el certificado integral de prestaciones hasta ese octubre de 2025.Obviamente a la cantidad que cobras en octubre,noviembre y diciembre se le sumará aproximadamente un 5% respecto a tu unidad de convivencia
Hay muchas formas pero al responderme a esta respuesta verás en la parte derecha una flecha y más al centro un dibujo si pinchas ahí te llevara a tu galería y supongo que ahí tendrás guardada la carta le pinchas y subirá hasta aquí.
Mira,solo tienes que declarar las ganancias.Imagina que vendes por valor de 3000 euros pero esos productos te costaron 4000,como te costó más de lo que vendes no tendrías incremento,es decir no te quitarían nada del imv.Si vendes por 3000 y esos productos te costaron 2000 euros habrías tenía una ganancia patrimonial ( casilla 1624 de la renta) de 1000 euros.Pagarías 19% de esos 1000 euros= 190190:12= 15,83 euros que es lo que restarían de tu imv