No es así.Lo que ganes ahora ,ya sería en 2025, y eso vendrá reflejado cuando hagas la renta del 25 ( a partir de abril de 2026) y en base a esa renta ya te actualizarán más o menos en octubre de ese 2026.En la actualización de esa fecha restarán a tu renta garantizada lo que percibas por ese trabajo ( seguramente no todo pues puede que te apliquen el incentivo al empleo y una parte de lo que ganes trabajando no te contará como ingresos) y ya te pondrán la cantidad que cobrarás desde octubre del 26 a octubre del 27.Ten en cuenta que como en octubre de 26 cobres menos que en un mes anterior ( ejemplo,julio,agosto ..) tendrías una deuda de esa deuda multiplicada x 9 ( si siguen actualizando en octubre,o x 8 si actualizan en septiembre etc).
Si al principio yo lo hacía como dices,pero luego me enteré que el incentivo es solo restar la casilla 22 de la renta menos la casilla 22 del año anterior.Lo del 60% es solo para indicar que el límite del incentivo es ese porcentaje sobre tu renta garantizada.Lo de los 2000 euros no es solo para perceptores de imv sino para la población en general.Si yo tengo de ingresos en la casilla 18,por ejemplo 8000 euros en las siguientes casillas viene esa deducción automática de 2000 euros,quedándose la casilla 22 ( 8000-2000= 6000).Ejemplo:Si hubieras tenido 5000 euros en tu casilla 18,al descontar esos 2000 euros tu casilla 22 se quedaría en 3000.Si la casilla 22 del año anterior hubiese sido de por ejemplo 1000,tú incentivo sería:3000-1000= 2000Ese incentivo se resta de los 5000 que ganaste y quedaría que tuviste unos ingresos computables por rendimiento de trabajo de 5000-2000= 3000.Esos 3000 es lo que descontarían de tu renta garantizada para calcular te el imv.No digo que lo que dices no tengas razón,pero es de esta forma como han aplicado el incentivo al empleo.
A ver,es cierto que lo que dice la norma no es lo que luego se aplica,o tiene letra pequeña.Vd tuvo unos ingresos x año de 532 ( casilla 18) se le descuentan de forma automática 2000 euros en la casilla siguiente y le queda cero en la casilla anterior.Al año siguiente tiene 3267,92 como ingresos y se le descuenta 2000 euros y le queda en la casilla 22 1267,92.El descuento de 2000 euros es para todos .Como este año ha tenido más ingresos que el anterior se le aplica el incentivo al empleo que es la resta de la casilla 22 de este año ( 1267,92) menos la del anterior que es cero.Por tanto su incentivo es 1267,92.Es decir de lo que vd percibió por rendimiento de trabajo ( 3267,92) no le tienen en cuenta lo del incentivo ( 1267,92) quedando como cantidad computable 2000 euros que es lo que le restan de su renta garantizada para calcular su imv.El incentivo no podría pasar del 60% de su renta garantizada y como 1267,92 es mucho menos de ese 60% por eso se le aplica.
Pero un último consejo,aunque te concedan solo el complemento a la infancia solicítalo.Así ya estarás metido en el imv y para años posteriores ya te actualizarán y cuando dejes de cobrar la baja y solo cobres la pensión no contributiva ellos te actualizarían y algo de imv si te va a corresponder mientras solo cobres esa pensión.Suerte
Si son mensuales no te quedaría nada de imv,pues serían 800 y pico más 80 de capi.,a lo que te descontarían esos 750 + lo que refleje el convenio regulador.Si seguís en esta situación de padrón,solicita el imv cuando cobres la pnc y un poco de imv si te quedará.Ahora sí podrías solicitar el complemento a la infancia pero solo serían 80 euros y tendrías que tener convenio regulador
Hola Riteckg,si pero a eso le contesté ayer y ahora veo datos nuevos.Me ha descolocado lo de la pnc,ayer decía que cobraba 580 y hoy creo que dice que la tiene aprobada pero aun no la cobra En ese caso,por eso le preguntaba si cobra algo por trabajo o pensión,le correspondería el imv de un adulto y un menor + capi y solo necesitaría un convenio regulador ,y la cantidad ahí reflejada es lo único que le descontarían de su renta garantizada.Es decir,le quedaría un imv+ capi,impotante
Mira,para mí hay dos preguntas claves:A) Quien estará empadronado en el domicilio cuando solicites el imv,los tres o solo tú y la niña.Si solo estáis tú y la niña necesitarás convenio reguladorB) Cuáles fueron tus ingresos el año pasado y cuáles los de tu pareja ( solo en el caso de estar empadronados los tres)
Y tú el año pasado no tuviste ingresos? Y al final estáis los dos o los tres empadronados?.Si solo estáis la niña y tú,no contarán los ingresos de tu pareja,eso sí,debéis hacer un convenio regulador donde la cantidad que ella pase por tu hija se debe descontar de tu imv.Pero eso que decías que cobras 580 de pensión lo cobraste el año pasado o es lo que te van a pagar ? Si el año pasado no lo cobraste te quedaría un imv de más de 800 euros + 80 de complemento a la infancia y a esas cantidades le descontarían lo que ponga en el convenio regulador.Eso sí,siempre que tú no hubieses tenido ingresos ni hubieses cobrado aún la pensión no contributiva Si la madre de la niña vive con vosotros según el padrón y tú no hubieses cobrado aún la pensión también tendrías derecho al imv pero en una cantidad mucho más baja y entonces no necesitarías convenio regulador.
Te aconsejo que plantees de nuevo la pregunta pero exponiendo claramente cual es tu situación actual,es decir,cuanto cobras ahora,de donde provienen tus ingresos,cual es tu unidad de convivencia,si tú pareja de hecho es la madre de la niña,si trabajas actualmente,cuantas personas formáis la unidad de convivencia,si tienes convenio regulador.Si estás trabajando y cumples los requisitos claro que podrías solicitar los subsidios de desempleo.