Creo que no, me parece que en su día le pagaron algo, pero no por la expropiación, no, como decia en el mensaje anterior fueron diferencias entre lo obtenido en las subastas y las deudas a cubrir, incluso en el tema de Galerias por lo que se publicó se dieron cantidades por el mismo concepto a accionistas minoritarios pero no a ellos.
Hace poco comentabamos en este mismo foro el asunto, aquí encontraras más información y enlaces en mi mensaje nº9.
http://www.rankia.com/foros/afinsa-forum/temas/324896-informe-unitarios-adicae#325843
No confundamos las cosas, no hubo "metida de pata", la intervención fué ratificada en todas las instancias, A.N., T.S., y hasta en el famoso tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, que para nada entró a valorar el tema y solo llamó la atención por defectos de forma en el proceso.
Lo que litigan estos en más de 600 pleitos es, como muy bien dices, el "justiprecio" y nada más, es decir que tras la intervención las empresas se subastaron por un importe determinado XXXXX, del que el estado dedujo las deudas que tenia que cobrar y los gastos de saneamiento de algunas y el resto, lo que sobró de lo recaudado en subastas se lo entregó a Ruiz Mateos, lo que pasa es que este no se conformó y dice que esas empresas valian más, pero ya veremos en que acaba la cosa porque si se subastaron de forma legal y no les encuentran ninguna irregularidad va a ser difícil.
Si hay unos fondos dispuestos a comprar eso, son muy libres, siempre que los participes se lo permitan pueden especular lo que quieran.
Pues una respuesta rápida sería: NO.
JaJa, pero no te preocupes demasiado porque yo no soy un experto en estos temas, así que puedo equivocarme del todo.
Pero vamos creo que no hemos tocado el fondo todavía, en cuanto a lo de los automóviles pues se me ocurre pensar que precisamente la bajada de precios puede haberse detenido porque haya aumentado la demanda de coches de 2ªmano, ya que la de nuevos parece que se ha rebajado.
Hombre, así de golpe parece poco probable que se pueda aumentar tanto, primero habría que pedir un objetivo más acorde a la realidad equipararnos a Holanda o Dinamarca ya estaria bien de momento, pero llegar a lo de Francia de golpe parece poco realista.
Lo que desde luego está muy mal es que incluso Portugal esté por delante nuestro.
Aunque lo que si hay que tener claro es que se hagan como se hagan las cosas y se llegue donde se llegue, la factura la vamos a pagar los clientes, eso está clarisimo, porque el dinero ni se crea ni se destruye, sale del bolsillo de los contribuyentes, JaJa.
Pues creo que no hay ninguna duda.
Lo del dinero en efectivo ya lo tienes claro.
Las acciones, fondos y letras del tesoro son meras anotaciones en cuenta, pero en realidad son como titulos a tu nombre, si los tienes depositados en una entidad y esta quiebra, simplemente debes cambiar de depositario, traspasarlos a otra entidad.
La quiebra de la entidad depositaria no te afecta en ese caso, excepto la molestia de cambiarlos.
Solo serian un problema, si quiebra la entidad emisora, las letras del tesoro dificilmente van a quebrar porque las garantiza el Estado.
Pero las acciones o los fondos dependen de la empresa de la que eres accionista y los fondos de la gestora y de donde los tenga invertidos, y eso se puede perder todo, sin garantias, la única reclamación posible seria si ha habido mala gestión, pero no hay garantía.
Bueno había hecho una consulta al FGD, pero todavía no me han contestado.
A mi no me quedaba clara la redacción.
Tu ejemplo ya es muy claro, y siendo así pues me alegro, es cuestión de poner a la concubina de cotitular siempre, y así se amplia la cantidad cubierta JeJe. (Aunque a veces eso es más peligroso, JaJa.)
:-))
JaJa, vale pues le preguntaremos al FGD.
Ahora no puedo entrar en su página, supongo que tienen algun problema en el servidor, pero ya lo aclararemos.
Sl2.
En efecto tienes razón en que no le garantizaran más de 20.000 aunque tenga varias cuentas, y también en que lo mejor es reartir el dinero entre varias entidades pues las cuentas en diferentes entidades se contemplan diferente, pero siento discrepar en lo de los cotitulares, el mismo texto legal que citas en tu mensaje anterior lo aclara:
xx El texto legal dice: "Los beneficiarios de la garantía son los depositantes, ya sean personas físicas o jurídicas. La garantía (hasta un importe máximo por depositante de 20.000 euros) se aplica por depositante, aunque tenga varios depósitos o un mismo depósito tenga más de un titular." xxx
Fijate bien en la parte en negrita, "o un mismo depósito tenga más de un titular." te está diciendo que aunque haya diez o doce cotitulares lo unico que les cubre a todos por su depósito conjunto son 20.000.- es decir que no cobraran 20.000 cada uno, sino en conjunto.