En el seguro para accidentes personales por invalidez/muerte, no veo el problema para percibir las dos indemnizaciones en caso de que haya secuelas después del accidente. Puesto que es un seguro de vida hacia el asegurado y así debería funcionar, aunque se encuentre inscrito dentro de la póliza del vehículo.
El resto de aspectos, estoy de acuerdo con lo que habéis indicado.
"porque por ejemplo en Lorca, los bancos se quedaron con el 100% de ese capital de continente para cubrir sus hipotecas, dejando sin nada a los propietarios"
Falso. Las aseguradoras no pagaron ni un euro más de la indemnización que le correspondía, en este caso la indemnización resultante del cálculo de la reconstrucción + desescombro. No obstante, como el préstamo hipotecario va disminuyendo, en muchos casos con esa indemnización se cancelo el préstamo hipotecario.
Pero no en todos, de esto hizo un interesante reportaje interviú, para muestra un botón:
http://www.interviu.es/reportajes/articulos/los-bancos-bloquean-el-dinero-de-las-victimas-del-terremoto-de-lorca
Es decir familias, que se les indemnizó por el valor de la resconstrucción de la vivienda pero como esa indemnización no era suficiente para acometer el préstamo hipotecario de la misma, se bloqueo la indemnización. Es decir que en ese momento la familia se quedo con unos cascotes y una bonita cuota mensual del préstamo hipotecario.
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A todas luces es una práctica abusiva, una más de la banca, pero bien por desconocimiento, bien por indefensión ante las entidades es práctica habitual. Aparte las indemnizaciones de las aseguradoras son para resarcir el bien, no para utilizar la indemnización en lo que a ellos les convenga, pero aprovechando la mala situación de sus cuentas, pensaron que que mejor manera de quitarse de encima a ciertos clientes que les sobraban.
Saludos
El importe que tiene que aparecer no es el del préstamo hipotecario, sino el valor de tasación que indican en la escritura del préstamo hipotecario.
Es decir que el valor del préstamo puede ser de 300.000 euros, pero si el valor de tasación que indica la escritura es de 150.000 euros, bastaría para poner ese importe, normalmente esa tasación está hinchada pero es inferior al préstamo, y el banco debe aceptarla como buena sin que el cliente se meta en "jaleos".
Pues lo que debes asegurar sobretodo es la responsabilidad civil, aparte del contenido de tu propiedad.
Así que mira un seguro que te asegure una RC mínima de 300.000 euros y por otra parte calcula aproximadamente el mobiliario y enseres personales que tendrás en el piso para calcular el capital para el contenido.
¿Aseguradoras? Pues busca en las de primer nivel (Generali, Allianz, Mapfre, Reale..) Seguro que te dan un buen precio con excelentes coberturas. Pero lo principal es que busques un mediador profesional que te aconseje bien sobre el producto que debes contratar y este ahí si alguna vez tienes un siniestro.
Un saludo
Legalmente no tienes que poner como beneficiario al banco en el seguro de vida, de hecho no es ni obligatorio tener un seguro de vida, aunque si sea aconsejable. Así que mi consejo es que no los coloques como beneficiarios.
Desde hace unos años los bancos han optado por atrapar a sus clientes que tienen hipoteca a través de reduciones del diferencial que aplican en el interés de esas hipotecas. Por lo cuál lo único que te podría atar a tener los seguros con el banco sería esa mejora del diferencial. No obstante, normalmente si haces los cálculos verás que el importe y los males de cabeza que te ahorras contratado los seguros con un mediador profesional son superiores a esa mejora de diferencial.
En cuanto al seguro del hogar si es obligatorio que tengas una claúsula a favor del banco y que venga reflejado el crédito hipotecario que tienes en esa inmueble. Avisa con dos meses de antelación de tu intención de no renovar el seguro para que después no haya problemas de cara a cambiar de seguro.
¿Alguna recomendación para el seguro de hogar y vida? Mi recomendación es que contactes con un mediador profesional que te asesore bien de cuál es la mejor opción para la contratacón de tus seguros y cuando tengas algún problema este ahí para ayudarte a solucionarlo. Vamos todo lo contrario al servicio que ofrece Santander Seguros o cualquier otra aseguradora bancaria.
Saludos
Eso depende de que tipo de comisión elijas, de la aseguradora, del acuerdo con la correduría... Como te indicaba antes, nosotros tenemos la misma comisión año tras año.
Sin embargo, por ejemplo en seguros de decesos es bastante habitual, hay mediadores que prefieren tener una gran comisión el primer año y después una pequeña cada año en caso de renovación de la póliza.
La cuestión es si esos daños comprometen la resistencia mecánica o estabilidad del edificio para ver si tiene cobertura en el seguro decenal. Y la situación que indicas parece que no queda amparada por esta premisa.
Un saludo
Pues yo aquí, y solo aquí, no veo el incoveniente, Corinna es una comisionada que cobra por facilitar una operación comercial.
Al final los saudís van a tener sus tanques igual y España se va a quedar sin los petrodólares.