Quizás en tu caso era nómina y no transferencias. Yo creo que la duda surge con las transferencias recurrentes. Es ahí donde pone que deben darse durante 3 meses. Entonces sí se puede entender que en el momento que se cumpla la tercera transferencias + recibos + movimientos tarjerta sea cuando den beneficios. Supongo que con el caso de "nómina" lo dan desde el primer mes porque es posible cumplir los requisitos desde ese primer mes.
Yo no critico al banco por la cuenta, pero sí por no tener bien formados a los empleados sobre los nuevos productos. Si nos respondieran a todos lo mismo cuando llamamos o escribimos con una duda, no habría estos problemas. No es de recibo que den informaciones diferentes y no sepas qué hacer con tu dinero. Como dice nolano, en el caso de que rente desde el tercer mes, es mejor dejarlo en coinc los primeros meses o, en su defecto, los nuevos clientes abrir el depósito de bienvenida o cuenta mas open de openbank.
Según veo en las condiciones de mi contrato de ING, solo cobran 2 euros por sacar en el extranjero (sin el 3% que aparece en esa tabla). Es 3% solo se aplica al cambio de divisa. Espero no estar equivocándome. Quizás hayan vuelto a cambiar las condiciones.
Dejo el último pdf que tengo guardado:
https://www.ingdirect.es/sobre-ing/pdf/AnexoPersFisicas.pdf
Mis padres, que son mayores, tienen una cuenta y se beneficiaban del programa. He revisado toda la correspondencia que han recibido del Santander y no tienen ninguna carta donde les informen del fin del programa. ¿Les cobrarán igual?
No sé si debemos cancerlarla o pasarles a dia a dia. ¿Tiene el Santander la obligación de informar del fin del programa?
Pues mirad lo que me han puesto, cuando pregunté si me entregarían los intereses de los tres meses y si me cobrarían la comisión:
Mi pregunta: "Cuando ya tuvieras las tres transferencias mensuales realizadas (no nóminas), ¿te entregarían los beneficios generados en todos los meses o solo a partir del tercero? ¿Y la comisión de 3 euros?"
Su respuesta: "Te confirmamos que no cobraremos comisión mensual ni abonaremos los beneficios hasta que se cumplan las condiciones: tienes 3 meses de carencia. En el momento en que cumplas los requisitos, te abonaremos los beneficios correspondientes a ese mes (y sin efecto retroactivo)."
Esperamos haber resuelto tu duda.
La verdad es que no me ha resuelto nada. Me parece que tiene más sentido lo que ponéis arriba.
¿Para el tema de los ingresos recurrentes sin que sea nómina también? A mí me han escrito esto:
"Te comentamos que se consideran transferencias nacionales regulares las que se reciben durante 3 meses consecutivos (al menos una transferencia al mes por importe mínimo de 600€). En este caso, para entender cumplida esta condición dichos ingresos deberán mantenerse durante los tres meses anteriores a la liquidación de que se trate. "
Es un copia y pega de las preguntas frecuentes. Yo, leyendo esto, entiendo que si haces la primera transferencia de 600 euros hoy, no cumples los requisitos hasta noviembre. Lo que no me queda claro es si en la liquidación de noviembre te darían, entonces, los beneficios generados desde el día de la apertura. Si te han dicho a ti eso, entiendo que sí y que entonces es una buena noticia. ¿Alguien más sabe algo?
Les he escrito para preguntarles si habría que esperar 3 meses para cobrar los beneficios. A ver qué me contestan. En el caso de que haya que esperar los 3 meses, saldría más a cuenta dejar el dinero en coinc o similar y solo hacer el ingreso de los 600 euros.
En cuanto a la opción primera, los nuevos clientes podríamos quizás beneficiarnos del depósito de bienvenida al 2% durantes 3 meses, no sé si deberíamos haber hecho esto antes de contratar la cuenta o si todavía podríamos acogernos a la promoción. ¿Alguien sabe algo?
Obviamente, si la cuenta 123 remunera desde el primer mes que se cumplen las condiciones, no hará falta acogerse a ese depósito.
¿Entonces es cierto eso de que hasta el tercer mes no generas beneficios? Entonces saldría más a cuenta tener el dinero en otro sitio los tres primeros meses y solo enviar los 600 euros mensuales exigidos durante ese periodo, ¿verdad? ¿Durante ese periodo sí te cobrarían, en cambio, los 3 euros?