Hola @raimen
y @guillermo-87
En Autodeclaro lo hacemos de esta manera que nos indica raimen y te olvidas de excels.Si quieres puedes probar nuestra herramienta de automatización Auto-Renta y ver si has calculado el FIFO y regla de los dos meses correctamente. Tambien soporta DeGiro y Trading 212.Cualquier duda o consulta no dudes en contactarme.Un saludo.Equipo de Autodeclaro
Hola Así es como lo hacemos en Autodeclaro, agrupando todos los valores incluso para las acciones. Al final lo importante es tributar por la ganancia. Un saludo
Hola @aitorfm
,Estoy trabajando en los puntos que indicas arriba junto con la inclusion de añadir comisión AutoFX solo para aquellas transacciones que la tuvieran.Ponte en contacto en una semana y te digo. Un saludo y gracias por tu valoración
Hola,Si así es. El código país de la sección 'Domicilio de la entidad' si sería el pais que marca el ISIN.Pero el código país de 'Datos del declarante' sería el pais donde está el broker. En el caso de DeGiro es Holanda. Un saludo.Daniel
Hola @roseta
,Los 50k puede ser efectivo en cuentas bancarias, o valores negociados o inmuebles, todos ellos en el extranjero a 31 de diciembre de 2021.Respecto al modelo D6, ya no hay que presentarlo.Los beneficios que comentado se presentan en la declaración de la renta que la campaña comienza desde Abril a Junio.Un saludo
Hola @pintaius
,Básicamente si has comprado o vendido acciones desde que presentaste tu última declaración de modelo 720, sin haber incrementado los 20k€, y manteniéndote sobre los 50k€+, tienes que presentarlo. Si necesitas automatizar la cumplimentación, visita "autodeclaro.es". Un saludo Daniel
Hola @marc-perez
,Es correcto que haya que separar lo 'invertido' en el broker, de lo que hay en 'efectivo' en el broker. Sin embargo de los invertido, al ser DeGiro, todos los valores están custodiados fuera de España, incluidos los valores de la bolsa española. Por lo que sería erróneo lo que has comentado de restar estos valores de la bolsa española.Espero haberte ayudado. Un saludo
Hola @pericopalotes
, Totalmente cierto lo que comentas. Si no se superan los 50k en alguno de los grupos habría obligación de presentar el modelo 720.
Hola @habg86
,No veo que en el ejemplo que indicas tengas obligación de presentar el modelo 720.Los valores pertenecen a un grupo de bienes y el efectivo a otro grupo de bienes. Como en ninguno superas los 50k, por este motivo no tendrías que presentarlo. Espero haberte ayudado. Un saludo.Daniel
Hola @quinsaque
,Si es así, si en el conjunto de plataformas que utilices (Degiro, ibkr, Etoro,etc) con sede en el extranjero , en este caso, suman mas de 50k , se presenta el Modelo 720.Considera que las acciones / ETFs / bonos/ fondos de inversión serían un grupo y el efectivo de las cuentas otro grupo. Un saludo.Daniel