Hola
@ser16083,
Te respondo a continuación.
En
Sucesivas declaraciones:
Existe la obligación de volver a presentar el Modelo 720 en su totalidad si se ha producido un incremento de más de 20.000€ en los grupos que motivaron la primera presentación, o si se superan los 50.000€ en alguno de los grupos que no se presentaron (caso de primera presentación).
Aunque no se haya incrementado el grupo de bienes en más de 20.000€, si se han realizado compras o ventas de bienes declarados con anterioridad, habrá que presentar el Modelo 720 para declarar esas operaciones.
Se puede sustituir esta última obligación, por la de presentar el estado de todos los bienes de ese grupo a 31 de diciembre si las ventas se reinvirtieron en su totalidad.
Se podría simpificar en que, si has comprado o vendido algo que ya declaraste o si la valoración de ese grupo de bienes se ha incrementado en más de 20.000€, debes volver a presentar el Modelo 720. De forma parcial en el primer caso y completa en el segundo.
Si necesitas ayuda con la automatización en la cumplimentación del modelo 720, Autodeclaro te puede ayudar.
Un saludo.
Daniel