E.delvalle
24/11/18 11:49
Ha respondido al tema Andorra y España, residencia fiscal.
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Desde el punto de vista de España, tendrías la residencia en España. La administración podría aplicar la regla del "
El lugar donde la persona física tenga su centro de intereses vitales", incluso podría llegar a aplicar el criterio de nacionalidad.
El concepto
“centro de intereses vitales” según la OCDE se determina como
el lugar donde el contribuyente mantenga las relaciones personales (comprendiendo relaciones familiares, sociales, culturales o políticas) y
materiales (fuentes
de recursos: localización de negocios, sede administración patrimonio, etc)
más estrechas.
Bien es verdad que se puede producir un conflicto sobre la residencia al amparo de las normativas de cada Estado (por ejemplo es clásico el conflicto sobre residencia entre Alemania-España en un caso como el tuyo -vivienda alli y trabajo aquí-), pero la mayoría de convenios de doble imposición prevén una serie de criterios (de aplicación sucesiva) para resolver esos conflictos. Tendrías que saber que dice Andorra al respecto por si hay conflico y si lo hay entonces sobre todo mirarte el Convenio España-Andorra vigente desde 2015.
Salud.