Emilio44
23/09/24 18:03
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Buenas tardes Kamal. El documento que has compartido es parte de un boletín oficial del estado, específicamente del Artículo 48 que trata sobre enfermedad y accidentes. A continuación te explico los puntos más relevantes:Enfermedad común (apartado a):Si la baja por enfermedad común dura más de 15 días, la empresa abonará un complemento del 25% de la base de cotización a la Seguridad Social. Esto será adicional a la prestación que recibes de la Seguridad Social.En conjunto, recibirás el 100% de la base de cotización, sumando lo que paga la Seguridad Social y este complemento.Enfermedad profesional o riesgo durante el embarazo (apartado b):En este caso, la empresa pagará desde el primer día de la baja la diferencia entre lo que abona la Seguridad Social y el 100% de la base de cotización, hasta un máximo de un año.Básicamente, el artículo establece cómo la empresa debe complementar lo que paga la Seguridad Social en caso de incapacidad temporal debido a enfermedad común, enfermedad profesional o riesgo durante el embarazo. Un saludo!