El sueño peor que se me ocurre es precisamente que sí se hablan en tiempo real y 24 horas. Es decir que detectan desde la Administración el movimiento en cuenta nada más hacerlo. No se si esto es posible, claro. Y de ahí mi consulta. O como apuntaba más arriba si han emitido la orden de embargo al banco y el banco la ha recibido no te dicen nada mientras tengas saldo cero en cuenta. Y en cuanto ingreses o te ingresen dos pesetas te las embargan automáticamente. Y si además, a partir de ese momento, ya no podrías utilizar la cuenta para pagos, ni pagos con tu tarjeta. Esa es mi consulta sobre el alcance de los embargos y su carácter de permanente o no sobre la cuenta. Gracias.
Imagínate que el deudor no asistió el juicio de reclamación de cantidad por la deuda. Por lo tanto estaría en rebeldía .Otra consulta que me atormenta es de si la orden de embargo es puntual o permanente. Es decir si la orden de embargo del monto que sea se lleva el saldo existente en ese momento en cuenta corriente dejándola a cero. Sencillamente. O si la orden de embargo preexistente supone que cualquier cantidad posterior que se ingrese es automáticamente embargada hasta cubrir la deuda. Y que la cuenta queda inutilizable para sacar o disponer, así como para transferir en el futuro. Solamente si se ingresa o se transfiere hacia la cuenta, se admite y el saldo queda automáticamente embargado. ¿ Es esto así ?. Es decir yo recuerdo comentarios de que cuando te embargaban se llevaban solamente la cantidad de dinero que tuvieras en ese momento en la cuenta, pero para volver a repetir el embargo hacía falta otra acción posterior igual a la primera. O sea que el deudor podía seguir operando con la cuenta, realizando transferencias, usando su tarjeta si la tiene, etc. Y como dice un compañero más arriba cuidar de que no le cayera de nuevo el embargo con saldo en la cuenta. Me gustaría aclaraciones a este respecto. Gracias.
A ver si me se expresar : 1.) el saldo es cero2.) se ingresa una cantidad. ¿ Queda automáticamente embargada si ha llegado una orden de embargo una semana antes o un mes antes ?P.D. En tu escrito me da la impresión de que dices que el organismo de embargo conoce en tiempo real tu saldo y que cuando observe saldo lanza una orden de embargo. Pero no se si esto está tan automatizado o no. Gracias por tu respuesta.
El asunto es que embargan por el montante total de la deuda. Y embargan sucesivamente cualquier importe que en el tiempo entre en N26, por propio ingreso o ajeno. De forma que o se llega a un acuerdo con la entidad embargante o la cuenta queda embargada hasta cubrir la deuda. Es lo que he me han comunicado.
Mi gran sorpresa es el carácter de los embargos. Hasta el importe total de la deuda la cuenta queda inutilizada. Yo pensaba que el embargo era algo puntual y que se quedaba con el importe que había en cuenta en ese momento, pero no. se quedan a partir de ese momento con cualquier importe que se ingrese o que recibas a partir de la orden de embargo. O sea que la orden de embargo no es puntual, sino que puede durar meses....con carácter fijo y estable me parece. hasta cubrir la deuda
Te embargan perfectamente. Si la deuda es de 10000 euros te embargan si tienes el saldo de 10000 euros la totalidad. Y aunque lo tengas en un espacio de ahorro y el saldo de la cuenta corriente propiamente sea de cero euros...Y si no cubren el importe adeudado con el primer embargo la orden permanece y cualquier cantidad que entre en la cuenta es embargada igualmente hasta cubrir la totalidad de la deuda. A cuyo fin levantarían el embargo y volverías a tener el control de la cuenta. Mientras dure el embargo no podrás : 1. utilizar la tarjeta por bloqueada2. no podrás transferir a otras cuentas3. hay gente que podrá transferirte y otras que a lo mejor tienen menos problema. No me preguntes por qué. 4. No podrás manejar espacios de ahorro. 5. En general lo único que podrás hacer es contactar con el equipo N26, obtener certificados bancarios, extractos y demás...
Ya sí te pueden embargar en N26 los juzgados, etc. Además embargan por el montante total de la deuda, no puntualmente como yo pensaba. De forma que cualquier ingreso ulterior queda embargado, la tarjeta bloqueada, hasta que la deuda sea cubierta. P.D. Cabe la posibilidad de llegar a un acuerdo de pago y tendrías cierta recuperación de la funcionalidad de la cuenta...
Sí te embargan. Y además por el montante total de la deuda pendiente, de forma que cualquier ingreso ulterior o posterior queda retenido hasta cubrir la totalidad de la deuda. Afirmo que N26 está sujeta a las órdenes de embargo de autoridades españolas como Hacienda, seguridad social, juzgados...