Fiscalidad
30/03/10 18:59
Ha comentado en el artículo Aviso a navegantes en aguas andorranas y suizas
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Las cuentas en Luxemburgo ya eran "abiertas" a Hacienda hace tiempo. Vamos a ver Luxemburgo ante una petición de la AEAT en un procedimiento inspector, da toda la información que obre en su poder. Lo que no da Luxemburgo -como Belgica o Suiza que han optado por la retención en origen que abona a España en vez de dar la información en masa- son datos genericos, es decir suministros de información en masa como tiene aquí España con sus bancos propios.
A lo de la prescripción, aunque lo comente antes, me refiero a que si tu puedes acreditar un dinero correspondiente a una renta obtenida en un periodo ya prescrito fiscalmente (4 años desde la presentación del Impuesto sino se ha interrumpido) o penalmente (si son muchos los cuartos) no declarado, puedes regularizar sin abonar nada, ya que la prescripción es imperativa.
Un ejemplo: soy un piratilla que hago chapuzas en B y me forro... y obtengo rentas en el 2004 por importe de 600.000 euros que no declaro y me lo llevo en el maletín a Andorra. En 2011 se que me van a pillar, pues cojo y hago una complementaria de mi IRPF del 2004 señalando que gane esos cuartos y que han prescrito... Dejando al margen el delito de blanqueo de capitales que tiene un mayor plazo de prescripción... si puedo acreditar muy bien eso -no vale con el ingreso unicamente debemos hacer algo más-.
Sin embargo como no es jauja, es decir Hacienda va a tratar de defender que se trata de una renta no prescrita, se deben poseer pruebas solidas -MUY SOLIDAS- para tratar de ganar la prescripción. Lo mejor consultar con un muy buen asesor que tenga experiencia en este tipo de temas.