A ver a mi no llego a ser suspenso suspenso, de hecho tal cual lo explique Sepe me da de baja, pensando que me había cambiado de trabajo? Y fue sanción de empresa, lo cual lo arregle en Sepe y siempre me pagsron; hasta inclusive los 4 días que me quitaron. Ojo Fui alta en Octubre, 2021, el lio me vino en marzo del 2022 y tengo presentado y firmado el Dar en Octubre del 2022, El lio ya arreglado fue antes. En Marzo de 2022. Entonces porque me cogieron el Dar en Octubre 2022. Lo tengo sellado y firmado. Ahí me tocaría preguntar, si no paso Dar en Octubre y en Abril. ? No lo veo claro
Gracias. Por cierto y si me podéis decir como se descuentan los gastos de Transferencia de cara a IRPF, COMO SE HACECEL DESGLOSE, para cuando toque hacer la renta? Aparece en el borrador? O tenemos que hacer las cuentas nosotros? Gracias
Alguien puede decirme en Renta IRPF, SI ya vienen descontados los gastos de la transferencia? O en borrador viene el bruto y tu has de calcular el descuento de la comisión para ponerlo en la casilla y cantidad exacta. Alguien lo explicó como viene en borrador pero no me acuerdo. Si lo ponéis Gracias como sale en borrador
Tengo una duda; ya tengo cuenta con tesoro cymuenta individual y cuenta con mi mujer conjunta, lo que no se que hice es la he puesto a ella como Gedtora, pero en la cuenta que haremos la Transferencia somos los 2 titulares. Si la hago yo ya que ella no se maneja Internet desde mi posición Pibank llamando por teléfono pasa algo. REPITO SOMOS TITULARES EN TESORO Y CUENTA PIBANK. PERO LA GESTORA ES ELLA. PASS ALGO SI HAGO YO LA TRANSFERENCIA COMO TITULAR DEL BANCO Y ELLA COTITULAR. GRACIAS
Buenas Tardes: Soy perceptora subsidio 52 años con trabajo parcial de 3 horas 120 euros al mes. Alta subsidio septiembre de 2021. En Abril de 2022 la empresa me sanciona con 3 días de empleo y sueldo y Sepe me para el subsidio diciendo que había dejado el trabajo sin comunicación a ellos. En 4 días les llevo la carta de sanción y demás y me lo arreglan. Llego Septiembre de 2022 e hice declaración dar, puesto que no llegó a ser sanción cre. Y me cojieron el dar en Septiembre de 2022. 12 meses. Pregunto el siguiente Dar será también en Septiembre de 2023? Tengo sellado el de 2022. Lo pregunto porque en mi ficha de paro pone reanudación Abril de 2022. Pero ya la presente este Septiembre del 2022. Ante la duda pregunto si es Septiembre. La última la tengo firmada con Septiembre de 2022, pese a que en mi ficha ponga Reanudación Abril 2022. FUI ALTA EN SEPTIEMBRE DE 2021 SUBSIDIO. LA SIGUIENTE CUANDO ES? EXPUESTO LO ANTERIOR LIO. GRACIAS
Bueno pues será así. No lo dudo, aunque en renta 2025; IRPF si que de declararlos. y llegado el Dar de algún año se contrastarla con esos intereses que yo percibí, es lo que nunca entenderé, pero si es así es así. Yo cuando hago el Dar en Los Sepbres si que pongo los intereses de Septiembre de un año al siguiente Septiembre. Ahí está mi lío y duda. El porqué no se ponían. Pero estaré equivocado o. Confuso aquí. Gracias por la ayuda.
Gracias, yo simplemente pregunte que esos intereses si en el dar de 2023 2024 o 2025 se ponían? Y lo digo porque llegada la renta irpf 2025. Los he de declarar Eso de cara a la AEAT. y pensé que en rentas subsidio en algún año se debían de poner creía. Pero bueno ya viendo que se me Trata De Torpe o burro no molesto más. Y Gracias por su Ayuda. Saludos.
De acuerdo, entiendo como me dijo que no ponga nada y punto, si quieres algo ya me lo pedirán, La única duda es que cuando haga la declaración rentas subsidio en Sepe el año 2024 , como ya las habre cobrado, Entonces si que tendré que poner esos intereses, puesto que ya los habré cobrado en FEBRERO 2024. Creo que lo digo bien. Es así? Y Gracias eh por tu aportación
Vale me queda claro. No pongo nada; y ya esta , lo que creo es que en la siguiente declaración de Rentas sepbre de 2024; como ya los habré cobrado entonces si que habré que ponerlos, es así? Espero no haber molestado eh. No sé lo tome a mal.