Efectivamente, la inteligencia artificial hay que tomarla como ayuda, pero no creer a pie juntillas lo que dice. Porque el modelo 600 hay que hacerlo aunque no se pague nada.Es más, en Castilla y León, a día de hoy no vale lo de la firma electrónica, hay que llevar el contrato físico firmadito de puño y letra.
En el último paso de la presentación, donde pregunta "Seleccione el tipo de Declaración: " Tienes un desplegable donde te ofrece varias posibilidades. La primera es Solicitud de devolución. Creo que solo se puede pedir la devolución en el último trimestre, pero no estoy seguro del todo. En todo caso la segunda opción es a compensar. Escoges esa y presentas.Tienes que tener presentes esos 6,41 euros para el tercer trimestre descontarlos (compensarlos) en la casilla 110.
No necesitas asesor, en la seguridad social te informarán. El convenio especial consiste a grandes rasgos en cotizar (pagar) los periodos que te falten para conseguir la pensión.
Es la misma Seguridad social la que debería ofrecerle una alternativa. Posiblemente un convenio especial sería aplicable a su caso. Que vaya a la seguridad social y se informe sobre la posibilidad de acogerse a un convenio especial.
En el 347 se incluyen todas las operaciones de las que tengas factura con todos los requisitos. Un recibo no creo que los cumpla. Tiene que figurar los datos de ambos contribuyentes, nombre dirección y NIF. Y el IVA correspondiente.
Aqui: La aceptación de herencia en Cataluña (abogadosherencias.cat) lo explican. Entiendo que la opción de aceptar la herencia a beneficio de inventario es individual de cada heredero. Lo mejor es que consultéis o bien con un abogado, o mejor aún con el notario, que es quien mejor os podrá decir.