Si que te he entendido, aunque no comprendo que se haga caso, para el impuesto, al testamento, cuando hay un acuerdo entre los 3 herederos para hacer una nueva particion. Cosas de la ley...
El valor catastral del 50% de la vivienda son 90.000 euros.
Entiendo que el valor que se hereda es inferior a 122.000 y estari exento al 100%, segun la tabla de la Junta de Andalucia
Vaya lio...
No hubo exceso de adjudicacion, ya que recibimos unas acciones por un valor determinado, para que no hubiese ni exceso de su parte ni de la nuestra.
La cuestion es que ese 50% que el ha recibido, por ser de la vivienda habitual, deberia tener una deduccion del 100% del impuesto. Asi lo tenia entendido yo.
En un principio el testamento indicaba que la nuda propiedad de ese 50%, el de mi madre, nos la quedabamos los 2 hermanos, mientras mi padre, se quedaba el usufructo. Se acordo ante notario que mi padre recibiese tanto la nuda propiedad como el usufructo. Era la vivienda habitual de los 4.
Actualmente nosotros no tenemos propiedad alguna sobre la casa.
Mi padre recibe por herencia de mi madre los 90.000 euros, que es el 50% del valor catastral de la casa, mientras que el otro 50%, ya era de mi padre.
¿El impuesto grava lo heredado, no?. Si es asi, el impuesto se calcula en base a los 90.000 euros recibidos, que deberían tener una bonificación del 100% para la vivienda habitual por el cónyuge.
No se, vaya lio tengo en lo alto...
Lo que no entiendo es, si mi padre ya era dueño del 50% de la propiedad de la casa, ¿debe pagar de nuevo por ese 50% y ademas pagar por el 50% que recibe de mi madre?.
No lo comprendo bien la verdad.
El porcentaje que entra en la herencia es el 50% de la casa, no?, ya que el otro 50% ya era de mi padre.
¿Hay que pagar solo por ese 50% Del valor catastral, no?, en ese caso serian 90.000 de valor.
Como se aplica ahi la deduccion sobre la vivienda habitual para el conyuge que la recibe en propiedad?
Gracias por la ayuda
Si te refieres al acuerdo, fue ante notario y se hizo escritura. Debo comprobar si se hizo como comentas o si no se hizo de esa manera y solo se adjudico el 50% restante.
No me referia a realizar un nuevo testamento, me explique bastante mal, se hizo un acuerdo para no andar con nudas propiedades y usufructos (ninguno de los 3 queriamos eso). Aun asi, debo cerciorarme de que no se hizo lo que comentas, de adjudicarle el 100% a la causante, y luego que mi padre recibiese el 100% de la propiedad, y en ese caso, aplicarse el 98% de la deduccion.
Os confirmo este punto, y os comento...