No me extraña que no la entiendas, peor no se puede hacer. Lo más curioso es que estén apostando por el mercado de FI, con tropecientos fondos de gestores nuevos, y no le dediquen ni un ápice a la mejora de la web.Para aportaciones periódicas automáticas, pídeles por mail un PDF rellenable que tienen.Lo tienes que llenar, fechar y firmar, luego lo escaneas y lo envías al mail de [email protected] lo hice así el año pasado y lo he modificado hace unos días, para el año 2020, por la misma vía.
Esto es lo que me respondieron a finales del 2017 desde la federación vasca de EPSV:Efectivamente, de acuerdo con los establecido en el artículo 31 del Decreto 87/84, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de EPSV, con carácter general, es posible el rescate total o parcial de los derechos económicos a partir del 10º año de pertenencia en la Entidad, a contar desde la primera aportación, en las EPSV de la modalidad individual y asociada.Puedes encontrar la normativa en Google y se ven los artículos derogados y los que están en vigor. Saludos
En Hacienda no informan de la manera de rescatar, sólo de la fiscalidad del rescate. Yo llegué a preguntar a un alto funcionario especialista en IRPF en Gipuzkoa, que dio un curso sobre IRPF, y no me supo responder.Miraré en los correos electrónicos lo que me respondieron desde la asociación de EPSV para ver si aclara algo y ya te diré.
Es un tema algo confuso. Hubo un cambio por los PP, prohibiendo rescate a los 10 años por normativa estatal, y luego volvió a cambiar permitiéndolo. En su día lo consulté con el banco y con una asociación de EPSV, llegué a la conclusión de que se podía volver a rescatar la totalidad de las EPSV a los 10 años. Pero por si acaso lo mejor es que Verobus pregunte en el banco antes de contratarlo.
Creo que estás equivocado, la normativa en el rescate de una EPSV y un PP es diferente. Anteriormente los PP no se podían rescatar a los 10 años y cambiaron la normativa para permitir el rescate, al darse cuenta que en el País Vasco se contrataban mucho más porque se podía rescatar antes.Sin embargo, no igualaron la forma del rescate, y los PP se rescatan tal como tú dices, teniendo en cuenta la antigüedad de cada aportación.Las EPSV se pueden rescatar a los 10 años en su totalidad, no creo que haya cambiado y sino que Verobus pregunte en el banco y nos dice.Verobus, me parece buena idea. Yo también aporto, aunque no tenga un sueldo muy alto, como seguro antiparo. Mi EPSV ya tiene los 10 años y no lo voy a tocar salvo que lo necesite.
Puede ser buena idea abrir uno. Lo único ten en cuenta que al vivir en el País Vasco normalmente te interesará más contratar una EPSV y el límite máximo de aportación anual es de 5.000 en vez de 8.000.Por otra parte, es importante que elijas una EPSV de bajas comisiones. En este caso, te recomiendo que visites la web de Indexa, creo que es el más barato del mercado, yo traspasé mi epsv a Indexa en cuanto salieron al mercado.
Pregunta en la entidad financiera donde tengas contratado el PP, normalmente están informados de estas cosas. Si ves que tu gestor duda habrá que buscar en la normativa.Sé que no es posible el mete-saca desde hace unos años en el País Vasco con las EPSV. Normalmente estas restricciones se copian de una administración a otra, pero no te lo puedo asegurar. Pregunta y dime qué te dicen, así salimos de dudas.
Antes había mucha gente que hacía un mete-saca en el año que querían rescatar para que saliese mejor la tributación. Hubo un cambio en la normativa y ya no está permitido.Pero tu caso no es ese, es diferente y no me atrevo a confirmar tu tesis, habría que mirar la normativa de la AEAT, a ver si alguien sabe al respecto.