¿De verdad crees que si los ladrones tienen toda la información necesaria para vaciarte la cuenta, van a enviar un sms para que pinches en el enlace? ¿Y si no abres el enlace ya deciden no robarte?
Puede que nadie esté libre de ser estafado, pero lo que yo no haría si me pasa es venir a relatar la estafa omitiendo o falseando información para culpar al banco de un fallo de seguridad. Tampoco se me ocurriría decir que no estaba avisado o que el banco avisa con letra pequeña cuando ya estamos aburridos de leer a diario bien grande los mensajes "no pinches en un enlace que envíen por sms".
Qué manera de complicarse la vida. Decidid quién y en que porcentaje vais a pagar la casa y la escrituráis de esa manera. Que la propiedad refleje exactamente lo que habéis pagado cada uno. Y si tu novio la quiere poner a su nombre que la pague entera él.No entiendo lo de los muebles. Si los compras tú, aunque estén en su casa seguirán siendo tuyos.
El tema de las criptomonedas es tan nuevo que irá cambiando año a año hasta que hacienda encuentre una solución definitiva. De momento lo han metido en la casilla 389 "Otras ganancias patrimoniales a integrar en la base imponible del ahorro"
Para un pensionista hay mejores opciones que un banco online como ING. Con la pensión y domiciliando recibos tienes cuenta gratis en Santander, BBVA o Caixabank, por ejemplo.
En la extinción de condominio no hay que pagar la plusvalía municipal. El único impuesto que hay que pagar es el de AJD, que lo paga el que se queda con el bien. Si hay incremento patrimonial, el que cede el bien tendrá que incluirlo en el IRPF.Los gastos de notario y registro los suele pagar también el adjudicatario del bien, pero no es obligatorio. Lo puede pagar la otra parte, a medias, o como se decida.
Así es, lo primero es ir a un notario. Susana tendrá que pagarle a Manolo 80.000 euros y tendrá que pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, que dependiendo de la comunidad será entre el 0,5% y el 1,5% de la base imponible (80.000 euros)Manolo tendrá que pagar en el IRPF la plusvalía que haya obtenido con la extinción de condominio (el dinero que recibe ahora menos lo que pagó en su día en la compra)
Pero es que no puede saber si la empresa ha hecho la transferencia o no hasta que no le den un justificante bancario en el que se vea salida de dinero de la cuenta de la empresa.Una vez que lo tenga ya se puede descartar que la empresa no quiere pagar, y si los datos de la transferencia son correctos reclamar a su banco.