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Participaciones del usuario Hartodeabusos

Hartodeabusos 23/05/24 09:55
Ha respondido al tema Inscribir en Registro de la propiedad 2 fincas rústicas
Buenos días. Sube la factura (ocultando tus datos) y si quieres intentamos mirar a ver si vemos algo.Aunque es cierto que hay aranceles (por cierto los Registradores son funcionarios públicos), en los tiempos que nos ha tocado vivir, estamos viendo que, tanto notarios como registradores, están metiendo un montón de conceptos nuevos que no proceden.Un saludo.
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Hartodeabusos 17/05/24 10:38
Ha respondido al tema Notaría, ¿facturan y nos roban?
Independientemente del texto, lo importante es que has impugnado todos los conceptos. Ahora a esperar a ver qué responden, y con lo que digan vemos.Ojalá todo el mundo hiciera como nosotros y reclamase (aunque pierdas más tiempo y dinero que el que reclamas), pero así acabaríamos con tanto abuso.
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Hartodeabusos 16/05/24 23:25
Ha respondido al tema Ayuda con minuta NOTARIO. me siento estafada.
Si ya has entregado la reclamación es que la has impugnado, y has hecho bien.Lo del acta de 36€ no entiendo, porque mandar la comunicación de la plusvalía al Ayuntamiento, no es un acta.Lo del protocolo electrónico haces bien en impugnarlo, porque no deberían cobrarlo (aunque todavía no se ha pronunciado la Dirección General en muchos conceptos, el de cobrar 2 veces la matriz ya ha dicho que no procede). De todas formas, las copias electrónicas nada tienen que ver con el Protocolo electrónico, y están El concepto de salida de la notaría, sólo es si el notario ha ido fuera a firmar, nada tiene que ver con las gestiones posteriores. Si firmaste en la notaría, no debe cobrártelo. Aunque viendo lo que me pones de un acta y de una salida, igual tienes otra operación a la que tuvo que ir el notario (acta de presencia, acta de fotos, ...).Las dos diligencias, creo que sí se pueden cobrar porque las diligencias existen en el arancel notarial y están puestas en la matriz.En cuanto al resto de conceptos "extra arancelarios" el problema es que eso se excede de las competencias notariales y te remiten a los Juzgados.De todas formas, has hecho muy bien en impugnar todos los conceptos, porque aunque en alguno no tienes razón, por lo menos obligas a que se pronuncien por todos, y si luego no te convence, puedes modificar los argumentos para impugnar a la Dirección General.
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Hartodeabusos 16/05/24 23:02
Ha respondido al tema Notaría, ¿facturan y nos roban?
Por cierto, el notario lo eliges tú. De no ser así podrías reclamar a la entidad (atención al cliente) y si no te hacen caso al Banco de España.
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Hartodeabusos 16/05/24 23:00
Ha respondido al tema Notaría, ¿facturan y nos roban?
Pues el número 2 de arancel, está bien aplicado, reducen la base un 30%, y le aplican un 50% de reducción y el 5% de reducción adicional. Ese concepto está bien (a mi entender).En cuanto a copia autorizada (13 folios) no me cuadra con folios matriz electrónica (18 caras). De todas formas, en la cancelación de hipoteca, la primera copia autorizada (bien sea en papel o electrónica) y la primera simple (bien sea en papel o electrónica), que son necesarias para poder inscribir esa cancelación en el registro (habiendo liquidado el impuesto de AJD, aunque esté exento), no te las pueden cobrar, y en principio no te pueden expedir más, salvo que tú las pidas. Si has pedido más copias entonces sí. Tendría que saber cuántos folios ocupa y te podría decir el arancel exacto.Y el concepto folios matriz electrónica no lo pueden cobrar.Impugna la factura que me temo que está cobrando unos 70€ + IVA de más.
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Hartodeabusos 16/05/24 15:45
Ha respondido al tema Gastos por cancelación de hipotecas. Notaría.
En mi humilde opinión, en cuanto termines de pagar el préstamo hipotecario, cancela en el Registro. He tenido muchos casos de inmuebles que se quieren vender con urgencia y al ir a escriturarlo aparecer esas carga (hipoteca), y no aparecer la escritura original, tener que pedir otra copia (que cuando más antigüedad tenga más vas a pagar por pedirla), y además del todo el tiempo que lleva el proceso (sólo en inscribir la cancelación hay Registros que se tiran mes y medio, aunque tienen 15 días de plazo).Y no digamos si el banco que te concedió el préstamo desaparece, se fusiona, etc, etc,... a ver cómo consigues tú un apoderado que lo firme.Como dice el refrán, lo bien hecho bien parece, y en cuanto puedas cancela.Además, si por ese préstamo te estás deduciendo en IRPF por inversión en vivienda habitual, esos gastos podrías meterlos.
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Hartodeabusos 16/05/24 15:36
Ha respondido al tema Notaría, ¿facturan y nos roban?
Totalmente de acuerdo.Yo por motivos laborales, trabajo con bastantes notarías, y es increíble las diferencias que veo en las facturas y la de cosas que cobran que no deberían. Hay algunos honrados, todo hay que decirlo, y son esos, los que me dicen los conceptos que otros notarios cobran que no deberían (amparándose en normativa).  Por eso me uno a ti, y si alguien necesita revisar alguna factura, ayudaré en lo que pueda, dentro de mis posibilidades.Un saludo.
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Hartodeabusos 16/05/24 15:30
Ha respondido al tema Gasto de Notaria en compraventa - Gastos de notaría
Buenas tardes Betty.Siento llegar tarde, pero por si le sirve a otro forero.El concepto exceso de caras PE no se puede cobrar, y el testimonio hash yo lo impugnaría también. Es inaudito que testimonien documentos que ellos elaboran.También tienes una salida ordinaria, entiendo que se firmó fuera de la notaría. De no ser así no te lo pueden cobrar.Últimamente, muchos notarios han entrado en una espiral esquizofrénica, que están como locos metiendo conceptos nuevos para cobrar a la gente de más, aprovechándose del prestigio que otros compañeros notarios dieron al cuerpo. Pero mi consejo, a día de hoy, hay mucho notario que sólo piensa en los €, y aunque sea notario, no por eso hace las cosas bien. Todo lo que no cuadre, hay que impugnarlo. 
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Hartodeabusos 16/05/24 15:25
Ha respondido al tema Ayuda con minuta NOTARIO. me siento estafada.
Buenas tardes.Creo que llego tarde, pero por si acaso, o por si le sirve a futuros lectores. (Recuerda que tienes 15 días hábiles -sin incluir festivos ni sábados y domingos- desde que te entregaron la factura). Si la factura no está firmada por el notario, se entiende que no está completa y puedes reclamar pasados esos 15 días, alegando que falta la firma del notario y lo suelen admitir.En primer lugar, omites el acto jurídico en la factura que nos subes, y, por tanto, no sabemos el importe de la operación. De ese importe es de donde sale el "honorarios con cuantía". De esos honorarios con cuantía, hay que aplicar una reducción del 5% (si en vez de una compra de trastero fuese una compra de vivienda, habría que aplicar una reducción adicional del 25%). En cuanto a "honorarios sin cuantía", se suele referir a algún apoderamiento que se hace en la escritura (por ejemplo, que das poder a la gestoría para que haga cuantos trámites sean necesarios para inscribir la escritura en el registro). Mi opinión, si no necesitáis financiación (o sea si no interviene un banco), gestionar vosotros la escritura, porque es sencillo y se ahora mucho dinero (entre gestoría, y cargos como este que aprovechan los notarios).En cuanto a los folios matriz electrónica, no se pueden cobrar. Ya hay una resolución de la Dirección General al respecto.Las diligencias de protocolo electrónico (que son dos diligencias que sí que se ponen), sí que pueden cobrarlas puesto que el n.º 6 de arancel ya reconoce las diligencias.En cuanto a lo de testimonio, debes mirar en tu escritura cuántos documentos unidos hay, y esos documentos unidos, son los que se suelen testimoniar, no más (me parece mucho 51,74€ si toda la matriz tiene 32 folios).Los conceptos testimonio hash, testimonio cotejo protocolo electrónico y folios cotejo protocolo electrónico impúgnalos. Es inaudito que un notario testimonie documentos que él mismo elabora. Una tomadura de pelo.La certificación catastral, la puede cobrar porque es una trabajo que puede realizar como cualquier profesional del derecho, pero es otro atraco lo que te cobra (salvo que sean muchas certificaciones catastrales).El concepto de papel está bien (son 27 folios de la copia autorizada + 32 de la matriz, que por 0,15€ el timbre da 8.85€). Por cierto, no es tu caso, pero no se puede cobrar el papel de copias simples (papel de los colegios notariales). Si os lo cobran impugnarlo.En cuanto a la información registral, se entiende que es lo que le ha cobrado el registro al notario, de todas formas por ese importe debería ser información registral de dos inmuebles. Y, como todo suplido, tiene que darte la factura de lo que le han cobrado a él.Y el sello de seguridad, que también es un suplido, son 0,15€, que es el sello que va en la copia en papel. Este concepto está bien, aunque anteriormente no permitían cobrarlo.De todas formas, al impugnar la factura, por que ante la desconfianza que te ha generado el notario, que quieres que revisen todos los conceptos, y así el Colegio Notarial, o la Dirección General, se tienen que pronunciar de toda la factura.
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