Creo que te estás confundiendo en la interpretación que haces de la respuesta de la DGA.Yo leyendo el articulo saco la conclusión que si has cobrado el bono social térmico no estás obligado a hacer la declaración (importe menor de 1.000 euros), pero que si haces la declaración (bien por que te interesa o por estar obligado) el importe del bono hay que incluirlo como ganancia patrimonial derivada de ayuda pública.
No voy a reírme del OP porque no creo que yo tenga muchas menos cuentas, eso si, no las abrí todas de golpe, las fui creando según me interesaban las diversas promociones que ofrecían las entidades. La mayoría las tengo muertas de la risa y sólo he cancelado las de los bancos físicos cuando anunciaban que iban a empezar a cobrar comisiones.
Si te vas a jugar esa pasta y no tienes ni idea de las subastas, que menos que contratar una consulta al gran Jotaerre para que revise la documentación y se asegure de que no hay ningún muerto en el armario.