Las llevo a 34, comprariais otro paquetito a estes precios? Se me quedarian en 30 de media. Mientras sigan repartiendo buen dividendo no me preocupan. Y si la opan pues con no perderle me llega.
Pondera un 5% en mi cartera y pasaria a ponderar un 7 al nivel de las otras que mas ponderan.
Parece que quiere marcar divergencia en semanal.
Hola, tengo unas dudas este año. Os las expongo a ver si me podeis ayudar
Mi ex-empresa me debia 6 meses del 2014. Entra en concurso de acreedores con sentencia de despido por ERE concursal en diciembre 2014, fecha en la que me despiden, adeudando eses 6 meses + el despido
A lo largo de este 2015 el administrador concursal ha ido liquidando la empresa, y nos ha ido pagando hasta el 80% del despido.
En 2015 me ha salido la resoloucion del fogasa: Me paga casi el resto del despido (no todo, cosa que no entiendo, pues el despido eran sobre 3300 euros,, me han pagado sobre 2600 y el fogasa me paga 550, osea que se han quedado sobre 150 euros por el camino)
Y los salarios me pagan lo correcto, 120 dias de salario.
Supongo que me lo ingresaran en cuenta todo en unas semanas. Todo ingresado en 2015
El tema es, como tengo que declarar esto todo?
1º Tanto la indenmizacion pagada con retraso, como la indenmizacion pagada por fogasa, tengo que incluirlas en la declaracion? O no tributan como he leido por ahi al ser pequeñas, y no es necesario introducirlas. En el caso de que me vengan en el borrador, las borro?
2º Y los salarios cobrados via fogasa? Mi duda es si tengo que declararlos en una complementaria del 2014, o en la de 2015? Al haber sentencia de despido por ERE concursal no me queda claro ese punto.
En la Renta 2014 no me venian las cantidades no cobradas. Vamos que no declare por ellas todavia
Por cierto, es necesario hacer todo si no altera el resultado de la declaracion? Son cantidades pequelñas, y por mis circunstancias personales no pago IRPF hasta un margen mas alto que lo que sumaria decalrando esto. Vamos que aunque declarase, no hubiese cambiado lo que me devolvieron de declaracion 2014 (solo el IRPF de depositos y demas), ya que mi IRPF en nominas es el 0% y no pago mas.
Gracias.
Hola, cuento mi caso a ver si me puedes orientar:
Empresa me debe 6 meses del 2014. Entra en concurso de acreedores con sentencia de despido por ERE concursal en diciembre 2014, fecha en la que me despiden, adeudando eses 6 meses + el despido
A lo largo de este 2015 el administrador concursal ha ido liquidando la empresa, y nos ha ido pagando hasta el 80% del despido.
Esta semana me ha salido la resoloucion del fogasa: Me paga casi el resto del despido (no todo, cosa que no entiendo, pues el despido eran sobre 3300 euros,, me han pagado sobre 2600 y el fogasa me paga 550, osea que se han quedado sobre 150 euros por el camino)
Y los salarios me pagan lo correcto, 120 dias de salario.
Supongo que me lo ingresaran en cuenta todo en unas semanas.
El tema es, como tengo que declarar esto todo?
1º Tanto la indenmizacion pagada con retraso, como la indenmizacion pagada por fogasa, tengo que incluirlas en la declaracion? O no tributan como he leido en el blog al ser pequeñas, y no es necesario introducirlas. En el caso de que me vengan en el borrador, las borro?
2º Y los salarios cobrados via fogasa? Mi duda es si tengo que declararlos en una complementaria del 2014, o en la de 2015? Al haber sentencia de despido por ERE concursal no me queda claro ese punto.
En la Renta 2014 no me venian las cantidades no cobradas. Vamos que no declare por ellas todavia
Por cierto, es necesario hacer todo si no altera el resultado de la declaracion? Son cantidades pequelñas, y por mis circunstancias personales no pago IRPF hasta un margen mas alto que lo que sumaria decalrando esto. Vamos que aunque declarase, no hubiese cambiado lo que me devolvieron de declaracion 2014 (solo el irpf de depositos y demas), ya que mi irpf en nominas es el 0% y no pago mas.
Gracias.
Hola, tengo una duda respecto a abertis y la opa...
Tengo sobre 140 acciones, a precio medio de 15,4
Las tengo para largo plazo, dividendos y demas. EL tema es que habiendo una opa a 15,7 y teniendo menos de 200 acciones, si acudo, me las compran todas? Y luego podria comprar a 14 con el dinero que me den y rebajar el precio medio ademas de unas pocas mas? O es que lo veo demasiado facil?
O quiza es mejor comprar ya unas 150 y vender en la opa mis 140?