Buenos días,Pongo 365 días porque se refiere al tiempo que ha estado alquilado, independiente que en el contrato consten 1, 2 o 3 inquilinos. Luego cuando los inquilinos hagan su declaración de renta ya pondrán la parte que ha pagado cada uno, pero eso ya es problema de ellos.Te adjunto captura para que lo veas.
Buenas noches,No, tienes que ponerlo todo junto, hay un apartado donde puedes poner los 2 DNI.En el caso de que hayan sido dos alquileres diferentes entonces sí que lo tienes que declarar como dos alquileres diferentes y cada uno con su DNI.Por como lo explicas creo que ha sido un único alquiler y es como te digo en el primer punto.
Buenas tardes Cex123,Yo tengo un piso que recibí en herencia, lo tengo alquilado hace años, y este año a raíz de la sentencia a la que haces referencia, he aplicado como amortización del inmueble el 3% del valor de construcción según lo declarado en el ISD.También presenté en enero de 2022 declaraciones rectificativas de los años no prescriptos (2017 al 2020) ya que antes me aplicacaba como amortización del inmueble el 3% del valor de construcción según el valor catastral.De momento me han resuelto la declaración rectificativa del año 2018 como favorable y ya me han ingresado el dinero, así que supongo que con el resto de años no habrá problemas.No es el mismo caso que planteas ya que aquí no hay usufructo pero creo que te puede ayudar.Un saludo,
Buenos días,Presenté la rectificación de las declaraciones de renta de los años 2017, 2018, 2019 y 2020 el 16.01.2022 para que tuvieran en cuenta el valor de construcción del ISD en vez del valor catastral ya que la sentencia del Tribunal Superior contradecía el criterio utilizado hasta ahora por la AEAT.El 04.05.2022 me han aceptado la rectificación de la declaración del año 2018, aceptando la devolución del importe solicitado, teniendo en cuenta el 3% sobre el valor de construcción del ISD, así que supongo que cuando revisen las rectificaciones que faltan de los años 2017, 2019 y 2020 también las aceptarán.Un saludo!!
Buenas tardes,Hoy he realizado la rectificación de la declaración de renta de los años 2017, 2018, 2019 y 2020 de forma online, a ver que dicen...Entiendo que al realizar la modificación y la presentación de forma online no tengo que hacer solicitud de devolución de ingresos indebidos, ¿no?Cuando he presentado la declaración rectificada me salía una pantalla donde me ofrecía la posibilidad de aportar documentación, he realizado un pequeño escrito para justificar el motivo de la presentación de la rectificación y he adjuntado el pago del ISD donde pone el valor de la propiedad, ¿es correcto?Muchas gracias!!
Buenas tardes Batiscafo,Muchas gracias por toda la información, me has aclarado mis dudas.Miraré de hacer la rectificación y solicitud de devolución de ingresos indebidos a ver que me dicen...Lo máximo que puede pasar es que me lo denieguen, ¿no?Os iré informando por si a alguien más le sirve de ayuda.Un saludo!
Hola a todos! Yo tengo devolución de más de 3000 euros y hoy ya me pone que hoy me han realizado la transferencia. Supongo que en unos días tendré el dinero en mi cuenta. Mi oficina de la AEAT es la de Sant Cugat (Barcelona).