Jdeloma
11/06/17 13:32
Ha respondido al tema OS del Banco popular ES0213790019 (8% 07/2021) y ES0213790027 (8,25% 10/2021)
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Santander responderá por las demandas sobre el Popular ya formuladas y/o por hechos previos, pero no por las relacionadas con esta liquidación/venta.
El Santander no va a atender estas reclamaciones porque la decisión la tomo el organismo europeo competente.
Las vías para reclamar están contenidas en la resolucion (y los plazos son muy cortos). Copio y pego:
Recursos a interponer contra la presente Resolución:
1.- Contra el dispositivo de resolución aprobado por la Junta Única de Resolución.
De conformidad con el artículo 86 del Reglamento UE nº 806/2014, contra el dispositivo de resolución aprobado por la Junta Única de Resolución al que se refiere el antecedente de hecho tercero de la presente Resolución cabrá interponer un
recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la presente Resolución.
2.- Contra la presente Resolución por la que se procede a implementar el dispositivo de resolución aprobado por la Junta Única de Resolución.
Los presentes acuerdos por los que el FROB implementa el dispositivo de resolución aprobado por la Junta Única de Resolución-ponen fin a la vía administrativa y contra los mismos podrá interponerse
recurso potestativo de reposición conforme a los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente a su notificación o directamente
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.