Entiendo que el tratamiento fiscal que reciben estos préstamos no varía, así que las deducciones serían las mismas con los límites establecidos por Ley. Quizás en el Foro de Fiscalidad pudan asesorarte mejor al respecto.
Un saludo.
Los contratos privados entre personas físicas y jurídicas también son válidos. Ello deberá quedar especificado claramente en el contrato que suscribamos.
Sí, existe esa posibilidad. Estaríamos entregando un préstamos a otra persona mediante un contrato privado y como tú dices, en este sentido funcionaría igual que un préstamo habitual con el banco, es decir, por los intereses recibidos deberemos tributar a Hacienda.
Un saludo.
Hola,
Deberás hacer frente a gastos por notaría, gestoría y registro de los documentos en el Registro de la Propiedad, relacionados con las escrituras.
Entiendo que no se trata de una vivienda nueva por lo que comentas del ITP. En caso de ser nueva, deberíamos hacer frente al pago de IVA, que aumentará hasta el 10% con la entrada del próximo año. Otro impuesto que al que deberemos hacer frente independientemente de si es primera transimisión o no es el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD).
Respecto al ITP, yo también tengo entendido que es del 3,5% para aquellos menores de 35 años.
Un saludo.
Hola iker29,
Tal y como se establece en la la normativa aprobada junto con los Presupuesto Generales de Estado:En primer lugar, se suprime la deducción por inversión en vivienda habitual a partir de 1 de enero de
2013.
No obstante, se establece un régimen transitorio por el que podrán continuar practicando la deducción
por inversión en vivienda en ejercicios futuros todos aquellos contribuyentes que hubieran adquirido antes
de 31 de diciembre de 2012 su vivienda habitual o satisfecho cantidades antes de dicha fecha para la
construcción, ampliación, rehabilitación o realización de obras por razones de discapacidad en su vivienda
habitual.
Por tanto, sí podrás continuar disfrutando de las deducciones mediante este régimen transitorio.
Un saludo.
Hola,
Personalmente creo que tal y como están las cosas debemos evitar los endeudamientos en la medida de lo posible. Piensa que hoy tienes alquilada esa vivienda pero las hipotecas actualmente no se firman por plazos de tiempo pequeños, todo lo contrario, y si el día de mañana dejas de recibir rentas por ese alquiler puede que tuvieras problemas para hacer frente a tu hipoteca. Además el sector público es objetivo frecuente de recortes y puede que tu salario se viera afectado nuevamente por ello.
En mi opinión, y tratando con los datos que comentas, creo que sería más adecuada la primera opción aunque ello suponga deshacernos de una de las viviendas, la seguridad es algo que deberíamos valorar mucho actualmente.
Un saludo
Hola,
Quitar a un avalista supondría modificar el contrato que firmastes con el banco y para ello se necesitaría el consentimiento de las dos partes. Desgraciadamente al banco no le interesa perder una garantía de cobro especialmente para circunstancias como la que comentas de impago del titular.
Para quitar a un avalista generalmente se propone un novación en el contrato o la sustitución del avalista por otro que satisfaga al banco, pero ambos casos me parecen complicados dado que tu ex pareja al parecer no goza de mucha solvencia para hacer frente a sus obligaciones por si sola. El banco no dejará escapar la posibilidad de exigirte a ti esos impagos.
Otra opción podría ser la subrogación a otro banco, pero dadas las circunstancias personales de ambos no creo que consiguierais mejores condiciones y además existe el problema de la deuda con el banco actual.
Igual resulta mejor opción buscar financiación para poder hacer frente a los pagos, buscando ayuda de familiares en la medida de los posible para no recurrir de nuevo al banco y aumentar nuestra deuda.
Un saludo.
En el siguiente enlace podrás encontrar información sobre algunos de los depósitos que exigen una menor cantidad de dinero: Mejor depósito: pequeño ahorrador. Aunque el tema sea reciente consulta si todavía se ofrecen esas condiciones.
De todas formas, para esa cantidad creo que sería más adecuado contratar una cuenta ahorro. La Cuenta Azul de iBanesto o la cuenta naranja de ING puede que también sean de tu interés.
Un saludo.
Dependerá de la entidad de la que estemos hablando, sería difícil generalizar al respecto puesto que algunas sí permiten contratar mediante Internet y oficina mientras que otras tan solo ofrecen la posibilidad de contratar de forma online.
¿Estamos hablando de una cuenta de ahorro? Si especificas el producto bancario en el cual estás interesado seguro que podremos asesorarte mejor.
Un saludo.
Los bancos online suelen ser los que menos comisiones aplican (administración, mantenimiento... suelen ser nulos) dado que al no disponer de tanta infraestructura y personal, pueden "permitirse" rechazar a ganar ese dinero de más.
Si no te convence, siempre podrás optar por operar con la marca online de un banco tradicional. Podrás beneficiarte de las ventajas de la banca online y siempre que necesites reclamar podrás a la oficina física correspondiente. Te dejo un tabla con los principales bancos y sus divisiones de banca online.
Un saludo.