Perdona que insista Amparo.
Los futuros cuando se abren pueden ser VENDIENDO o COMPRANDO.
En mi caso, LOS ABRÍ VENDIENDO FUTUROS el 20.12.12.
La posición vendida la mantuve hasta el vencimiento a enero de 2013 (es decir NO LA CERRÉ, RECOMPRANDO LOS FUTUROS).
A mediados de enero, vencieron los futuros, sin haber cerrado la posición antes.
Por este motivo, y según explica Lunático y tu misma, al NO HABER CERRADO LA POSICIÓN, debería tributar en 2013.
No es así?
Muchas gracias Amparo. Igual no me he expresado bién.
En mi caso, los futuros vendidos a 20 de diciembre no se cerraron hasta el vencimiento (en enero 2013), por lo que entiendo que debo declararlo en la Renta 2013.
Gracias.
Hola Kretan.
Tu has puesto los CFD en la casilla 340 (como acciones) o en la 360 (como tros alementos patrimoniales)?
Pongo la pregunta en el foto ME, tb, a ver si me aclaro, que vaya domingo llevo...
Si tienes una hipoteca, resta?
Es decir si tienes 2 viviendas, la habitual y otra, valoradas en 300.000 y 150.000, pero una hipoteca conjunta por las 2 por valor de 350.000 euros, como computa esto? (independientemente de lo que tengas en fondos, IPF, acciones, etc).
Y si has comprado bonos convertibles en acciones y al final has vendido acciones? Supongo que si que computa en el apartado de "ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de acciones o participaciones negociadas en mercados oficiales". Donde el importe a computar es la diferencia entre la venta de acciones y la compra de bonos.
No lo veis así?
Entonces, compensaria con lo perdido en acciones?