Será legal desde el momento que la aceptes (firmando el contrato) hasta el momento que un juez probablemente la invalide.No parece equitativa con la contraprestación. No solo se apropia de la fianza sino que consientes que te desalojen antes del fin del contrato. Si hay multas ya queda claro que las paga el arrendatario. El añadido parece un abuso. Yo te sugiero rechazar esa última parte.
En el borrador sólo aparecen los rendimientos del capital. Las cuentas que no generan intereses NO SALEN.Los impuestos de la herencia ya debiste abonarlos en su momento si no el banco no te hace la transferencia
Si acaso a tu mutua. Si no tiene concierto con ese hospital te tocará pagar esa factura.Lo habitual es que todos tengamos cobertura sanitaria básica mediante segsocial y todos los concertados con ella no suelen preguntar si tienes esa cobertura o no.Como mutualista debes ser consciente que no todo son privilegios. Y actuar en consecuencia.Si sucedió mientras ejercía, tal vez esté cubierta por el seguro estudiantil que creo que todavía es obligatorio. En la matricula debería figurar si asi fuera.
Me considero una persona esencialmente solidaria, pero no entiendo por qué hemos de financiar entre todos no ya la fabricación (que lo puedo aceptar dentro de unos parámetros) sino el consumo al 100% de los vehiculos eléctricos