En la solicitud lo dejaban muy claro: si no les envias el formulario y la documentación en tiempo y forma,te bloquean las cuentas como medida precautoria. Estas advertencias hay que tomarselas en serio porque estos bancos malteses son muy rigurosos en el cumplimiento de las normas legales.
Contesta al cuestionario que te están reenviando y asunto resuelto. A mi me llegó por correo postal con sobre-respuesta de franqueo en destino y lo devolví en el plazo requerido,junto con la documentación solicitada,mediante correo seguro (secure message) y también por correo postal.
La Agencia Tributaria hace referencia a "bienes gananciales" en esta respuesta. Por contraposición se infiere que los matrimonios en régimen de separación de bienes no están sujetos a esa misma obligación.
Pregunta 12: Si un bien o derecho que deba ser objeto de declaración es “ganancial”, y solamente consta como titular formal del mismo uno de los cónyuges, ¿existe obligación de declaración del otro cónyuge?
Respuesta: Cuando la titularidad formal de un bien o derecho ganancial corresponde a uno de los cónyuges, ambos cónyuges (si están dentro del ámbito subjetivo de la obligación) tienen obligación de presentar la declaración.
El cónyuge que no es titular formal deberá declarar como titular real de acuerdo con el artículo 4.2 de la Ley 10/2010 de 28 de abril de 2010, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
Por lo que se ve,parece que no hay ningún cliente del SANTANDER TOTTA en este foro que te pueda responder,aunque la respuesta sea obvia: La cuenta es la misma,por lo tanto,fecha de apertura original en el formulario y nuevo IBAN y nuevos datos identificativos del banco (O Banco Santander Totta S.A., com o capital social de 1.256.723.284€ - C.R.C. Lisboa 1ª Secção, nº 500 844 321 (anterior nº 1587) - NIPC 500 844 321, com sede social na Rua do Ouro, nº 88 - 1100-063 LISBOA).