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Participaciones del usuario Juan Carlos Burguera

Juan Carlos Burguera 14/12/14 16:46
Ha escrito el artículo Acciones Bankia: ¿Puedo recuperar mi dinero? (V)
Juan Carlos Burguera 07/12/14 12:17
Ha escrito el artículo Compra de vivienda sobre plano y cláusula penal
Juan Carlos Burguera 07/12/14 10:11
Ha respondido al tema Qué importe mínimo debe tener mi derecho de cobro para poder embargar un inmueble
El orden de bienes a embargar se establece en artículo 592 de la LEC, y el embargo de inmuebles sólamente se hace en séptimo lugar. Es muy difícil conseguir un embargo de un inmueble por una cantidad pequeña. Pero perseverando en la ejecución, es posible llegar a cobrar. En cualquier caso, el procedimiento de ejecución requiere de abogado y procurador... Saludos "" Artículo 592 Orden en los embargos. Embargo de empresas 1. Si acreedor y deudor no hubieren pactado otra cosa, dentro o fuera de la ejecución, el Secretario judicial responsable de la ejecución embargará los bienes del ejecutado procurando tener en cuenta la mayor facilidad de su enajenación y la menor onerosidad de ésta para el ejecutado. 2. Si por las circunstancias de la ejecución resultase imposible o muy difícil la aplicación de los criterios establecidos en el apartado anterior, los bienes se embargarán por el siguiente orden: 1.º Dinero o cuentas corrientes de cualquier clase. 2.º Créditos y derechos realizables en el acto o a corto plazo, y títulos, valores u otros instrumentos financieros admitidos a negociación en un mercado secundario oficial de valores. 3.º Joyas y objetos de arte. 4.º Rentas en dinero, cualquiera que sea su origen y la razón de su devengo. 5.º Intereses, rentas y frutos de toda especie. 6.º Bienes muebles o semovientes, acciones, títulos o valores no admitidos a cotización oficial y participaciones sociales. 7.º Bienes inmuebles. 8.º Sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades profesionales y mercantiles autónomas. 9.º Créditos, derechos y valores realizables a medio y largo plazo. 3. También podrá decretarse el embargo de empresas cuando, atendidas todas las circunstancias, resulte preferible al embargo de sus distintos elementos patrimoniales. """
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Juan Carlos Burguera 30/11/14 10:36
Ha escrito el artículo “Seguros de inversión” y otros juegos malabares
Juan Carlos Burguera 16/11/14 17:05
Ha escrito el artículo Acciones Bankia: ¿Puedo recuperar mi dinero? (IV)
Juan Carlos Burguera 09/11/14 14:23
Ha escrito el artículo Acciones Bankia: ¿Puedo recuperar mi dinero? (III)
Juan Carlos Burguera 06/11/14 09:33
Ha comentado en el artículo Acciones Bankia: ¿Puedo recuperar mi dinero? (II)
Estimado W.Petersen, Muchísimas gracias por tus comentarios y por tus valiosas aportaciones. Saludos
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Juan Carlos Burguera 02/11/14 10:29
Ha escrito el artículo Acciones Bankia: ¿Puedo recuperar mi dinero? (II)
Juan Carlos Burguera 26/10/14 21:23
Ha comentado en el artículo Preguntas frecuentes sobre arrendamientos de locales comerciales
Estimado loverajc, Siento no poder ayudarle, porque desconozco la legislación en Perú sobre arrendamientos. Saludos cordiales,
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Juan Carlos Burguera 26/10/14 10:15
Ha escrito el artículo Acciones Bankia: ¿Puedo recuperar mi dinero?