Es decir que si hasta ahora cumplías el requisito de los cinco adeudos domiciliados con seguir como hasta ahora sin tocar nada más ya estás cumpliendo.eso si junto con el ingreso de nómina,pensión o prestación por desempleo.
Bueno pues acabo de venir de mi oficina bbva para confirmar el tema de los recibos domiciliados y me comenta la gestora que no entiende tanto jaleo , si al fin y al cabo no ha cambiado prácticamente nada , eso si se sustituye la tarjeta de débito por la de crédito y deben ser 7 compras ahora no computan las retiradas de dinero, pero lo de los recibos sigue igual con tener 2 recibos domiciliados al mes , ya se cumplen las condiciones.
Es que si no como alguien ha puesto anteriormente es de sentido común 5 cargos no 5 emisores , por que si no no mucha gente podría cumplir , quien tiene 5 adeudos domiciliados de cinco emisores distintos, no lo ves un poco difícil de cumplir, así a bote pronto se me ocurren ,luz ,telefonía , gastos comunidad y gas , aunque esté a veces es de la misma compañía que La Luz, no se que más ? colegios , es decir bastante difícil de cumplir si fueran de emisores distintos,no obstante intentaré confirmarlo en mi oficina en cuanto me sea posible.
Respecto a los recibos , el anexo indica 5 adeudos domiciliados de cualquier emisor , en ningún momento habla de cinco emisores diferentes, por lo que entiendo que 2 recibos al mes de cualquier compañía bastaría, de otro modo creo que sería muy difícil de cumplir en el caso de que tuvieran que ser de cinco emisores distintos no creéis ?
Por otra parte me repito con mi petición sería importante que pudiéramos confirmar el tema de los recibos domiciliados ,que yo entiendo que con tener 2 recibos cada mes ya cumplimos las condiciones, no hace falta que sean de cinco emisores distintos , eso es como yo lo entiendo, pero no estaría de más que pudieramos confirmarlo.
Hablan también del cambio respecto a la utilización de la tarjeta de crédito respecto a la tarjetas de débito , ahora para cumplir con las condiciones se deberán efectuar 7 compras en el periodo de cuatro meses pero ahora con la tarjeta de crédito.
Hola Miguel efectivamente has de marcar la casilla variacion en la participación de los conyuges,y sí que valdría una fotocopia de esa cópia simple,en cuanto al declarante puedes ponerte tú mismo como declarante eso no és importante, lo importante son los datos del inmueble, donde eso sí debe figurar la referéncia catastral,la sabes?. si no la sabes es cualquier recio del ibi te aparece, y si no entrando en la página del castrato puedes consultarla.En cuanto a como sabrán el indice de participación es a través de lo que figure en la escritura de compraventa, allí se especifica la participación de cada uno, si ha sido mediante gananciales, pues cada uno tendrá el 50 %.Al ayuntamiento le tienes que presentar 2 copias del impreso 901 y te deben sellar una copia para tí.Y si en el registro aparece tu padre casado con tu madre y el inmueble está en pleno dominio y gananciales, pues está correcto.Un saludo.