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Participaciones del usuario Miriam Franch - Fiscalidad

Miriam Franch 14/04/16 14:17
Ha respondido al tema Obligación de declarar. Renta 2015
Hola yimbo2016! No estás obligado a declarar por el hecho de incluír la cuota sindical y la aportación al plan de pensiones. Si cumples con los requisitos que se determinan aquí, debes estar tranquilo que no tienes obligación de presentar la Declaración de la Renta. Un saludo!
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Miriam Franch 14/04/16 13:42
Ha respondido al tema Deducción por alquiler de vivienda social. Declaración de la Renta 2015
Hola Javimate! Yo no tengo constancia de que exista esa límitación a la deducción del alquiler. Los requisitos para deducirtelo son claros: Los contribuyentes cuya base imponible máxima no supere 24.107,20€ podrán aplicarse una deducción del 10,05% de las cantidades satisfechas en concepto de alquiler, teniendo en cuenta un límite máximo (base máxima de deducción) que varía en función de su base imponible pudiendo ser:   9.040€, siempre que la base imponible sea menor a 17.707,20€   9.040 - 1,4125 x (BI-17.707,20), cuando la base imponible sea mayor de 17.707,21 y menor o igual a 24.107,20€   Esto es lo relativo a la deducción estatal, por lo que lo único que se me ocurre es que se refiera a la deducción autonómica y que en su CCAA exista esa limitación. Un saludo!
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Miriam Franch 14/04/16 13:33
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2015: Pensión 2000 (La Caixa)
Hola tresh! Te aconsejo que le eches un vistazo en este hilo, en el que se habla sobre dicho plan.  Aunque en el borrador solo te salga una, yo te acosejo que pongas las dos, ya que a priori las operaciones son iguales. Respecto a lo último, tienes razón, que si declarás más rendimientos, lo normal es que te salga menos a devolver, no más.  Un saludo!
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Miriam Franch 14/04/16 12:55
Ha respondido al tema Gastos de dificil justificacion. Declaración de la Renta 2015
Hola cittry! Claro, de eso se trata, de deducirte tickets y demás facturas, siempre que exista una correlación directa con la actividad desarrollada, es decir, que sean necesarios para el desarrollo de la activad y no cubran necesidades particulares.  En relación a esto, la Agencia Tributaria, en una consulta vinculante ha dicho lo siguiente: Los gastos correspondientes a comidas y alojamiento derivados de los desplazamientos hasta un lugar determinado con motivo del desarrollo de su actividad se considerarán fiscalmente deducibles cuando vengan exigidos por el desarrollo de la actividad,  Los gastos por peajes, combustible, etc, serán deducibles cuando: El vehículo del que procede dicho gasto tenga la consideración de elemento patrimonial afecto a la actividad económica desarrollada. Un ejemplo de como calcular la deducción; Mis ingresos son de 3.000€ y mis gastos de 1.000€. En este caso el rendimiento neto o beneficios seria de 2.000€. El 5% sobre el beneficio (2.000€) son 100€. Así que le añado a los 1.000€ de gasto los 100€ en concepto de gastos de difícil justificación. Siendo en beneficio total sobre el cual aplicar el IRPF de 1.900€. Un saludo!
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Miriam Franch 13/04/16 13:52
Ha respondido al tema Compensación de minusvalías por transmisiones patrimoniales de años anteriores
Hola Cesar! Con la reforma fiscal, la situación ha cambiado y ahora no se distingue entre ganancias generadas en más o menos de 1 año. Te recomiendo que te leas este post, donde se resuelve perfectamente tu duda. La ganancia de este año debes ponerla en las casillas 268 y siguientes. Las pérdidas a compensar de años anteriores: casilla 329 y siguientes En cuanto a la última pregunta, si están exentos no debes de ponerlos en la declaración, o en todo caso debes restarlos a los rendimientos de trabajo en especie (si tienes más que no están exentos) Un saludo!
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Miriam Franch 13/04/16 13:35
Ha respondido al tema Error datos fiscales
Hola Isabel! Te aconsejo que acudas a la Agencia Tributaria para comunicar el error, y ellos te dirán lo que debes hacer. Un saludo!
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