Acceder

Participaciones del usuario Monillo - Bolsa

Monillo 28/12/23 11:41
Ha respondido al tema Seguimiento y opiniones de Trade Republic
Así es. En el 720 presentan las sociedades (matrimonio en gananciales):- Mujer: Obligada a presentar mod 720 poniéndose titular de su cuenta con 45k al 100% y "Otras formas de titularidad real" 45k al 50% de la tuya.- Tú: Obligado a presentar mod 720 poniéndote titular de tu cuenta con 45k al 100% y "Otras formas de titularidad real" 45k al 50% de la de ella.
Ir a respuesta
Monillo 28/12/23 11:15
Ha respondido al tema Seguimiento y opiniones de Trade Republic
Casados con separación de bienes es como si fueran solteros para el modelo 720.En cambio, los casados con separación de bienes pueden hacer declaración de la renta conjunta, si quieren. 
Ir a respuesta
Monillo 28/12/23 06:54
Ha respondido al tema Seguimiento y opiniones de Trade Republic
La declaracion de la renta se hace por persona física.El modelo 720 se hace por sociedad. Si estás casado en gananciales, los cónyuges son propietarios de las 2 cuentas de Trade sin importar la titularidad. Si un cónyuge tiene 30k en el extranjero sólo a su nombre y el otro otros 30k en el extranjero sólo a su nombre, están obligados los 2 cónyuges a presentar cada uno su modelo 720.- Si los 2 son titulares de una cuenta conjunta, se presentan 2 declaraciones y cada uno declara con clave de condición del declarante "1 Titular" todo el saldo al 50%.- Si sólo uno es titular, éste declara con clave de condición del declarante "1 Titular" todo el saldo al 100% y el cónyuge no titular declara con clave de condición del declarante "8 Otras formas de titularidad real...", en "Tipo de titularidad sobre el bien o derecho" pone GANANCIALES y pone todo el saldo al 50%.Quedarían las 2 presentaciones del mod 720:- Cónyuge 1: clave "1 Titular" todo el saldo al 100% y clave "8 Otras..." para la cuenta de la que no sea titular formal con todo el saldo al 50%.- Cónyuge 2: clave "1 Titular" todo el saldo al 100% y clave "8 Otras..." para la cuenta de la que no sea titular formal con todo el saldo al 50%.
Ir a respuesta
Monillo 27/12/23 17:28
Ha respondido al tema Seguimiento y opiniones de Trade Republic
Cierto. Ya no me acordaba que lo dijo. Está obligado a declarar por perdidas patrimoniales mayores de 500€ anuales. Así que tiene que presentar la renta poniendo la pérdida patrimonial  y los intereses de Trade en el ejercicio 2023 (del 1ene23 al 31dic23).
Ir a respuesta
Monillo 27/12/23 15:53
Ha respondido al tema Seguimiento y opiniones de Trade Republic
Te pagan cada mes el 4% anual. Repito SIEMPRE SIEMPRE todos los % que veas son anuales en cualquier banco.Si tienes 1.000€ durante 30 días (1 mes aprox), cobras: 1.000*4/100*30días/365días=3,30€/mes
Ir a respuesta
Monillo 27/12/23 15:46
Ha respondido al tema Seguimiento y opiniones de Trade Republic
NO. 🤑🤑🤑🤑🤑🤣🤣🤣🤣Cada vez que veas un % ya sea TAE o TIN siempre es anual. En ningún sitio se pone que dan tal interés al mes. Siempre todo es al año en todos los bancos.Trade Republic renta el 4% anual en su cuenta de efectivo. Te paga mensualmente. Los TAE de todos los bancos son anuales, TAE = Tasa Anual Equivalente.Si metes 1.000€ te pagará al año 1.000*4/100=40€ que son 3,33€ al mes.
Ir a respuesta
Monillo 27/12/23 15:41
Ha respondido al tema Seguimiento y opiniones de Trade Republic
- Los intereses bancarios hay que declararlos obligatoriamente si haces la declaración.- En tu caso, no tendrías obligación de hacerla si tus únicos ingresos totales anuales no superan los 1.000€ (1.000€ de intereses).- Dices que ingresarás 1.000€ que al 4% son 40€ al año. 40€ como únicos ingresos aunque no tengan retención NO obligan a declarar.- Si declaras ganancias de 40€ en todo el año sin retenciones, aun sin estar obligado a presentarla, posiblemente el resultado te salga cero ya que se tributa desde unos 5.500€ del mínimo familiar.
Ir a respuesta