Hay muchas cosas en la vida que son "brindis al sol" pero eso no evita que sigamos elaborando nuestros presupuestos,¿no?. Atenerse a la realidad es algo que hacemos todos los dias, cobrando una pensión, cobrando un sueldo, o fundiéndonos los ahorros para poder subsistir.
Si puedes aportar información sobre el tema te lo agradeceré...
Saludos.
Siento no poder responderte: no soy experta en la materia. Intento buscar información en la red y creo que en cualquiera de las dos web que puse puedes encontrar alguna referencia.
Saludos.
Te paso un par de enlaces qye creo que aclaran bastante el tema:
http://www.notariado.org/liferay/c/document_library/get_file?p_l_id=10256&groupId=10218&folderId=2702308&name=DLFE-81302.pdf
http://iabogado.com/guia-legal/testamento-y-herencia/los-legados
No soy una experta en el tema pero sí soy una cotizante del Convenio Especial con la Seguridad Social,ex-autónoma, y con Declaración de Renta en modalidad CONJUNTA.
Tienes razón en que las cuotas son deducibles, pero lo son de los RENDIMIENTOS DEL TRABAJO, concretamente por cotizaciones a la Seguridad Social (en la última renta casilla 010). Tu lo has estado aplicando a ACTIVIDADES ECONÓMICAS...
Te adjunto un link con la explicación de la Agencia Tributaria:
https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/s/iafriafrc05f/
Saludos.
Conozco un caso cercano que actuó así: alta en IAE pero no en Seguridad Social. Cuando subieron los ingresos por este tema fue a la Seg.Social para hacer el alta de Autonomo y no le aceptaron que hiciese el alta con esa fecha: le aplicaron la fecha de alta en el IAE con el consiguiente palo económico de cuotas atrasadas de autónomo más todas las multas y recargos correspondientes... ¡Cuidado con este tema!
Saludos.