A lo mejor en caso de fallecimiento consideran que es mejor no cancelar y esperar al vencimiento de la imposición no sea que se resucite. Vistas las respuestas que dan....todo es posible.
RB tiene quince días hábiles para presentar al servicio de reclamaciones las alegaciones y documentación que tenga por conveniente según he leído en el artículo 11 de la Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre.
Mi reclamación ante el Banco de España sigue en proceso de análisis.La resolución del BdE no es vinculante pero si Renault Bank no recula y la resolución nos fuese favorable, sería importante de cara a un procedimiento judicial.
Buenos días a todos!Soy otro caso más del mismo asunto.Solicité a Renault Bank resolver el Contrato depósito tú+ el mismo día que recibí el comunicado en el que informaban sobre cambios en las condiciones.Después de recibir su email aclaratorio y el posterior en el que dicen que han procedido a resolver el contrato pero que las imposiciones están vigentes, presenté la reclamación al SAC (también a los dos correos). Estoy a la espera de recibir esa tercera respuesta que ya he visto que habéis recibido algunos de vosotros para presentar la reclamación ante el BdE.En el formulario de reclamación al BdE, en el apartado breve resumen de la respuesta recibida, estáis indicando la respuesta tal cual sin hacer ninguna observación ?